Contrato de transporte: Internacional


Última actualización: 18 de ago. de 2022. Versión en PDF en lenguaje simple
Contrato de transporte: Internacional

REGLA 1Disposiciones generales
A. Contrato de transporte
Cuando usted compra un boleto para viajar con Delta, establece un contrato de transporte con nosotros. Los términos de su contrato están expuestos en:

  • su boleto
  • las presentes condiciones del transporte
  • nuestras normas y reglas de tarifas publicadas, que pueden regir el cálculo de la tarifa y otros cargos que se aplican a su itinerario.

A continuación se indican las condiciones de transporte internacionales de Delta Air Lines. Para obtener las condiciones del transporte de una fecha pasada, envíenos un correo electrónico que especifique la tarifa que solicita y la fecha de compra de su boleto.

En este documento se detallan las condiciones internacionales de transporte de Delta. Se aplica a viajes en cualquier itinerario internacional y establece las condiciones que ofrece Delta para el transporte de pasajeros. Los viajes dentro de los Estados Unidos de América están regidos por las reglas generales para tarifas domésticas de Delta. Los viajes entre los Estados Unidos y Canadá se rigen por nuestras reglas generales de tarifas canadienses.

Cualquier referencia a “Delta” en este contrato se refiere a Delta Air Lines, Delta Shuttle y las compañías aéreas de Delta Connection. Algunos vuelos comercializados por Delta pueden ser operados por otras compañías aéreas. Si alguna compañía aérea que no sea Delta Air Lines está operando un vuelo, identificaremos ese transportista en nuestros itinerarios y en comunicaciones escritas u orales con usted durante el proceso de reserva. Las condiciones de transporte aplicables a Delta especificadas en estas condiciones de transporte también se aplican a los vuelos operados por las compañías Delta Connection y Delta Shuttle, y a los vuelos de código compartido comercializados por Delta.

Delta puede actuar como agente para emitir boletos, documentar equipaje y hacer reservaciones de transporte a través de otras compañías aéreas que tengan acuerdos interlínea con Delta. Para los vuelos interlínea operados por otras compañías aéreas, se aplicarán las condiciones de transporte de la compañía aérea operadora. Otras compañías aéreas pueden tener diferentes términos y condiciones aplicables a sus vuelos, que pueden consultarse directamente con las otras compañías aéreas.


Algunas de las disposiciones de estas condiciones de transporte se aplican únicamente a los residentes o pasajeros que viajan a determinados países o regiones. Todas las reglas y requisitos específicos de cada país y región se establecen en la Regla 27 de estas condiciones de transporte.B. Modificaciones de las condiciones del transporte.

B. Modificaciones de las condiciones de transporte

Delta puede modificar estas condiciones de transporte en cualquier momento, excepto en los casos previstos por la ley. Su viaje se rige por las reglas que estaban vigentes en la fecha en que compró el boleto, aunque Delta se reserva el derecho a aplicar las reglas vigentes en la fecha de su viaje cuando sean razonablemente necesarias por motivos operativos y los cambios en las reglas no tengan un impacto sustancial negativo sobre usted. Ningún empleado o agente de boletos de Delta está autorizado a modificar ninguna de las disposiciones de las condiciones de transporte, a menos que lo autorice por escrito un ejecutivo de la empresa Delta.

REGLA 2:  ITINERARIOS Y OPERACIONES

Haremos esfuerzos razonables para transportarlo a usted y a su equipaje desde su lugar de origen hasta su lugar de destino con la mayor rapidez posible, pero los horarios publicados, las horas de vuelo, el tipo de aeronave, las asignaciones de asientos, y la información similar reflejada en su boleto o en los horarios publicados de Delta no están garantizados y no forman parte de este contrato. Delta puede sustituir a otras compañías aéreas u otras aeronaves, cambiar sus itinerarios, demorar o cancelar vuelos, cambiar las asignaciones de asientos y modificar u omitir las escalas que se muestran en el boleto, según lo requieran las operaciones y a la entera discreción de Delta. La única responsabilidad de Delta en caso de tales cambios se establece en la Regla 22 Delta no se hace responsable de realizar conexiones, de la falta de operación de algún vuelo de acuerdo con el itinerario, de cambiar el itinerario o cualquier vuelo, de cambiar la asignación de asientos o el tipo de aeronave, ni de revisar las rutas por las que Delta transporta al pasajero desde el origen hasta el destino del boleto.

REGLA 3: DEFINICIONES

Animales, además de la connotación usual, incluyen reptiles, anfibios, pájaros y peces.

Tarifa completa aplicable
 significa la tarifa solo ida, ya sea publicada específicamente o derivada por construcción, para la clase de servicio designada en el itinerario general oficial de la compañía aérea para la aeronave o cabina de la aeronave utilizada por el pasajero.

Ley Aplicable
 se refiere a todas las leyes, regulaciones, órdenes, tratados, convenciones, decretos e instrucciones de la compañía aérea, en cada caso en la medida aplicable a los servicios prestados de conformidad con el Contrato de transporte.

Compañía aérea
 es cualquier compañía aérea que figure como participante en esta tarifa.

Co-terminal
 son dos o más aeropuertos relativamente adyacentes que, a los efectos de estas tarifas, se considerarán el mismo punto.

Boleto conjunto
 significa dos o más boletos emitidos simultáneamente a un pasajero, que constituyen un único contrato de transporte.

Convención se refiere a la convención para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional, firmado en Varsovia el 12 de oct. de 1929 (Convención de Varsovia), o bien a la convención modificada por el Protocolo de La Haya de 1955 (Convención de La Haya), lo que se aplique al transporte en virtud del presente documento.

Días
: días calendario completos, incluidos los días de los fines de semana y los días festivos legales (pero sin incluir la fecha de envío del aviso).

Socios comerciales de códigos compartidos de Delta
: tiene el significado establecido en la Regla 18(H), Ir a nota al pie.

Dependiente
: el cónyuge y los hijos del personal militar de los EE. UU. o del personal de la embajada de los EE. UU. que se encuentra en el extranjero y que dependen de dicho personal para obtener apoyo financiero.

Normas de materiales peligrosos del DOT
 son las regulaciones sobre materiales peligrosos emitidas por la Oficina de Transporte de Materiales del Departamento de Transporte de los Estados Unidos en el Título 49 del Código de Regulaciones Federales, Partes 171 a 177 (49 CFR 171-177, y que pueden modificarse de vez en cuando.

Componente de tarifa
: la tarifa pagada por la porción del itinerario entre el origen y el destino o punto de escala.

Solicitud de transporte del gobierno (GTR)
: formulario utilizado para el pago del boleto y la autorización de viaje de los pasajeros que viajan en misión oficial del gobierno federal a cargo de los Estados Unidos.

Grupo
 es la cantidad mínima de pasajeros especificada en relación con la tarifa, de conformidad con las reglas de tarifas aplicables. No se admitirán menos pasajeros que la cantidad mínima requerida para tarifas de grupo, ni siquiera previo pago de la cantidad mínima de tarifas, a menos que se permita específicamente en una regla de tarifa determinada.

Familia inmediata
 significa cónyuge, pareja, hijos, hijastros, nietos, padres/madres, padrastros/madrastras, abuelos, hermanos, hermanastros, yernos/nueras, suegros, tíos, sobrinos y cuñados.

Interlínea
 significa utilizar los servicios de más de una compañía aérea en relación con una tarifa en particular.

Transporte internacional significa (excepto cuando se aplica la Convención) el transporte en el cual, de acuerdo con el contrato de transporte, se encuentran ubicados el lugar de salida y cualquier lugar de aterrizaje en más de un estado. Tal como se utiliza en esta definición, el término “estado” incluye todo el territorio sujeto a su soberanía, mandato, autoridad o administración fiduciaria.

Agencias militares
 son departamentos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea de los Estados Unidos; el Cuerpo de Marines; la Guardia Costera de los Estados Unidos; las academias respectivas del Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Guardia Costera; y la Guardia Nacional de los Estados Unidos. No se incluye el Cuerpo de Entrenamiento de Oficiales de Reserva.

Pasajero militar
 significa el personal militar de las agencias militares que está en servicio activo o que ha sido dado de baja del servicio militar activo dentro de los siete días posteriores a la fecha del viaje.

Persona con discapacidad
 significa cualquier persona que tenga un impedimento físico o mental que, de manera permanente o temporal, limite sustancialmente una o más actividades importantes de la vida, tenga un historial de dicho impedimento o se considere que tiene dicho impedimento. Este término se definirá más detalladamente según lo requiera la ley aplicable, incluidas las regulaciones de los Estados Unidos establecidas en 14 C.F.R. 382.3

Asistente personal
 significa el compañero de viaje de una persona con una discapacidad que atiende las necesidades personales de dicha persona.

Transporte alternativo elegible
 significa el transporte aéreo comparable, u otro transporte utilizado por el pasajero, sin costo adicional para el pasajero, que en el momento en que se hacen tales arreglos está programado para llegar a la siguiente escala del pasajero, o, de no haberla, al destino final, dentro de las dos horas posteriores a la hora de llegada prevista de los vuelos originales del pasajero.

Cargos relacionados
 son aquellos cargos que se mostrarán en la caja de construcción de la tarifa del boleto, multas por cancelación, importes no reembolsables, cargos por cambio de reservación y cambio de ruta, y cargos por exceso de equipaje.

Desvío
significa emitir un nuevo boleto, o cumplir con un boleto existente, que cubra el transporte al destino original, pero a través de una ruta diferente de la designada en el boleto.

Viaje ida y vuelta
 significa cualquier viaje cuyo destino final sea el punto de origen, que sea un itinerario legal y que comprenda un segmento de ida y vuelta. La reservación de todos los segmentos de un viaje para boletos emitidos con tarifas de viaje ida y vuelta deberán confirmarse en el mismo registro de nombres del (único) pasajero (PNR).

Ruta significa las compañías aéreas, las ciudades, la clase de servicio o el tipo de aeronave (jet o avión de hélice) a través de los cuales se realiza el transporte entre dos puntos.

Asistente de seguridad significa una persona obligada por Delta a viajar con una persona con discapacidad, de conformidad con la Regla 6(C), Ir a nota al pie: para atender las necesidades médicas durante el vuelo de la persona con discapacidad; para ayudar a la persona con discapacidad a comunicarse con los miembros de la tripulación o para ayudar a la persona con discapacidad a ser evacuada de la aeronave en caso de emergencia.

Autosuficiente significa que una persona no requiere servicios relacionados con una discapacidad más allá de los normalmente proporcionados por la compañía aérea o más allá de aquellos servicios que la ley aplicable requiere que proporcione la compañía aérea.

Derecho especial por retiro significa una unidad monetaria especial, cuyos valores monetarios fluctúan y se recalculan cada día bancario. Estos valores son conocidos por la mayoría de los bancos comerciales y se publican en algunos periódicos y en la Encuesta del FMI, publicada semanalmente por el Fondo Monetario Internacional en línea en: https://www.imf.org/external/np/fin/data/rms_sdrv.aspx

Pasajero en lista de espera: pasajero que embarcará en un vuelo sujeto a la disponibilidad de espacio a la hora de salida y solo después de que todos los pasajeros que tengan reservaciones para dicho vuelo hayan embarcado. La lista de espera no estará disponible para todos los vuelos.

Escala: se producirá una escala cuando un pasajero llegue a un punto intermedio y no esté programado para salir dentro de las 24 horas de su llegada.

Transbordo significa un cambio del vuelo de una compañía aérea al vuelo de otra compañía aérea; o un cambio del vuelo de una compañía aérea a otro vuelo de la misma compañía aérea con el mismo número de vuelo; o un cambio del vuelo de una compañía aérea a otro vuelo, es decir, un servicio con un número de vuelo diferente de la misma compañía aérea, independientemente de si ocurre o no un cambio de aeronave.

Punto de transbordo significa cualquier punto en el que un pasajero transfiere los servicios de una compañía aérea a otro servicio de la misma compañía aérea (con un número de vuelo diferente) o al servicio de otra.

Estados Unidos de América: el área que comprende los 50 estados; el Distrito de Columbia; Puerto Rico; las Islas Vírgenes de los Estados Unidos; Samoa Americana; Cantón; Guam; Midway y las Islas Wake.

Fuerzas Armadas de los Estados Unidos/Agencias Militares de los Estados Unidos: Departamento del Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, el Cuerpo de Marines y la Guardia Costera de los Estados Unidos de América, las academias respectivas del Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Guardia Costera, y no incluye la Oficina de la Guardia Nacional ni el Cuerpo de Entrenamiento de Oficiales de la Reserva, ni a los miembros de las reservas que no posean una tarjeta de identificación verde de los Estados Unidos para el servicio militar.

Personal militar de los Estados Unidos: a menos que se indique lo contrario, se refiere solo al personal militar en servicio activo y se refiere al personal militar de las agencias militares de los Estados Unidos que poseen una tarjeta de identificación verde válida de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos para el servicio activo, que se encuentra en estado de servicio activo y que viaja con permiso, licencia o pase autorizado, pero que excluye expresamente al personal militar en órdenes de servicio temporal que viaja hacia o desde su lugar del servicio temporal.

REGLA 4: DATOS PERSONALES

El pasajero reconoce que los datos personales han sido proporcionados a la compañía aérea con el propósito de hacer una reservación para el transporte, obtener servicios auxiliares, facilitar los requisitos de inmigración y entrada, y poner dichos datos a disposición de las agencias gubernamentales. A esos efectos, el pasajero autoriza a la compañía aérea a conservar dichos datos y a transmitirlos a sus propias oficinas, a otras compañías aéreas o a los proveedores de dichos servicios, en cualquier país en el que se encuentren. Toda la información sobre los pasajeros se manejará de acuerdo con la Política de privacidad de Delta.

REGLA 5: TRANSPORTE INTERAEROPUERTO

Salvo que se especifique lo contrario a continuación, Delta no opera ni proporciona servicio de transferencia terrestre entre aeropuertos o entre aeropuertos y centros urbanos. Cuando un área metropolitana cuente con más de un aeropuerto y el pasajero requiera un servicio de conexión con llegada a un aeropuerto y salida de otro aeropuerto, el transporte entre esos aeropuertos debe ser organizado por el pasajero y a su cargo. Cualquier servicio de este tipo es realizado por operadores independientes que no son y no serán considerados agentes o funcionarios de Delta. Si bien Delta puede ayudarlo a hacer los arreglos necesarios para dicho servicio de transferencia terrestre, usted acepta que Delta no es responsable de ningún acto u omisión de dicho operador independiente. Si le emitimos un cupón para cubrir el costo de los servicios prestados por cualquier contratista independiente y usted decide no utilizar los servicios, el cupón no tendrá valor de reembolso.

Cuando se realiza un transbordo entre aeropuertos, el pasajero debe reclamar su equipaje y volver a documentarlo.

REGLA 6: TRANSPORTE DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES

A) Aceptación para el transporte

Delta hará todo lo posible para acomodar a una persona con una discapacidad y no se negará a transportar a una persona únicamente en función de su discapacidad, excepto en la medida en que lo permita o exija la ley.

B) Aceptación de la declaración de autosuficiencia

Salvo que Delta determine que un asistente de seguridad es esencial para la seguridad, de acuerdo con la Regla 6(C), Ir a nota al pie, Delta aceptará la determinación hecha por una persona con discapacidad o en su nombre en cuanto a la autosuficiencia. Una vez informada de que la persona es “autosuficiente”, Delta no rechazará el transporte de dicho pasajero con el argumento de que la persona con discapacidad no está acompañada por un asistente personal o con el argumento de que el pasajero puede requerir asistencia extraordinaria de los empleados de la aerolínea para satisfacer sus necesidades.

C) Requerimiento de asistente de seguridad acompañante para ciertos pasajeros

Delta podría requerir que un asistente de seguridad acompañe al pasajero con discapacidad como condición para brindar transporte si Delta determina que dicho asistente es esencial para la seguridad en las siguientes circunstancias, entre otras:

1) un pasajero es incapaz de comprender o responder apropiadamente a las instrucciones relacionadas con la seguridad debido a una discapacidad mental.
2) un pasajero no puede ayudar físicamente en la propia evacuación de la aeronave debido a un impedimento grave de movilidad; o
3) cuando el pasajero tiene una discapacidad auditiva y visual grave, y no puede establecer un medio de comunicación suficiente con el personal de Delta como para recibir instrucciones de seguridad.

D) Autorización médica

Delta no requerirá autorización médica para una persona con discapacidad como condición de viaje, excepto en la medida en que lo permita la ley. Delta puede exigir un certificado médico cuando, de buena fe y a su discreción razonable, determine que existe una duda razonable de que un pasajero pueda completar el vuelo de forma segura sin requerir asistencia médica extraordinaria.

E) Restricciones y asignaciones de asientos

Cuando una persona identifica la naturaleza de su discapacidad, Delta, en la medida de lo posible, acomodará al pasajero en un asiento que se adapte a sus necesidades, incluso un asiento junto a cualquier asistente de seguridad o asistente personal que viaje con el pasajero. A las personas con discapacidad no se les prohibirá ocupar asientos en las filas de las salidas de emergencia designadas, excepto en la medida en que lo exija la ley.

F) Aceptación de dispositivos de ayuda

Además del equipaje permitido regularmente, Delta aceptará, sin cargo, como equipaje documentado
con prioridad, dispositivos de ayuda para la movilidad, entre los que se incluyen los siguientes:

1) una silla de ruedas eléctrica, un escúter o una silla de ruedas de estructura rígida manual;
2) una silla de ruedas plegable manual.
3) un andador, un bastón, muletas u aparatos ortopédicos;
4) cualquier dispositivo que ayude a la persona a comunicarse; y
5) cualquier prótesis o dispositivo médico.

Cuando el espacio lo permita, Delta permitirá, sin cargo alguno, que el pasajero guarde la silla de ruedas plegable manual y otros pequeños dispositivos de ayuda para la movilidad en la cabina de pasajeros durante el vuelo. El montaje y desmontaje de los dispositivos de ayuda para la movilidad será proporcionado por Delta, sin cargo alguno. Las sillas de ruedas y los dispositivos de ayuda para la movilidad serán los últimos objetos que se guardarán en la bodega de la aeronave y los primeros que se retirarán.

G) Acceso para sillas de ruedas manuales

En la medida en que lo permitan el espacio y las instalaciones, Delta permitirá que el pasajero que utilice una silla de ruedas manual permanezca en ella:

1) hasta que el pasajero llegue a la puerta de embarque;
2) mientras el pasajero se desplaza entre la terminal y la puerta de la aeronave; y
3) mientras el pasajero se desplaza entre la terminal y la aeronave.

H) Animales de servicio

Delta aceptará el transporte, sin cargo, de un animal de servicio requerido para ayudar a una persona con una discapacidad. Los animales de servicio se definen como solo perros, independientemente de la raza, específicamente entrenados para ayudar a una persona con una discapacidad. En la medida de lo posible, Delta asignará un asiento que proporcione suficiente espacio para la persona y el animal de servicio. Delta permitirá que el animal de servicio acompañe a la persona a bordo de la aeronave y permanezca en el suelo junto al asiento de la persona. El animal de servicio no podrá ocupar un asiento de pasajero. En la medida en que lo permita o lo exija la ley, Delta se reserva el derecho de denegar el transporte, a la entera discreción de Delta, de cualquier animal de servicio cuando sea razonablemente necesario para la comodidad o la seguridad de los pasajeros o los miembros de la tripulación o para la prevención de daños a la propiedad de Delta o de sus pasajeros o empleados.

I) Servicios que se prestarán a las personas con discapacidad

Bajo petición, Delta proporcionará los siguientes servicios a las personas con una discapacidad:

1) asistencia con el registro en el mostrador de check-in;
2) asistencia para dirigirse al área de embarque;
3) asistencia en el embarque y desembarque;
4) asistencia para guardar y recuperar el equipaje de mano y para recuperar el equipaje documentado;
5) asistencia en el traslado hacia el baño de una aeronave y desde este;
6) asistencia para dirigirse al área pública general o, en algunos casos, a un representante de otra compañía aérea;
7) transferencia entre el propio dispositivo de ayuda para la movilidad de la persona y un dispositivo de ayuda para la movilidad proporcionado por Delta;
8) transferencia entre un dispositivo de ayuda para la movilidad y el asiento del pasajero;
9) asistencia limitada con las comidas, como abrir paquetes, identificar artículos y cortar porciones de comida grandes.
10) informarse periódicamente durante un vuelo sobre las necesidades de un pasajero; e
11) información a los pasajeros con discapacidades y a cualquier asistente sobre los procedimientos de emergencia y el diseño de la cabina.

J) Aviso con anticipación para servicios especiales

En la medida en que lo permita la ley, Delta puede requerir un aviso con anticipación para ciertos servicios especiales deseados por una persona con discapacidad. Los servicios aplicables según esta regla incluyen, entre otros:

1) el transporte de una silla de ruedas eléctrica en una aeronave de menos de 60 asientos;
2) suministro de embalaje de materiales peligrosos para baterías u otros dispositivos de asistencia que es necesario que tengan dicho embalaje.
3) espacio para un grupo de 10 o más pasajeros con discapacidades que viajan en grupo;
4) el suministro de una silla de ruedas a bordo de una aeronave de 60 asientos o más;
5) transporte de un animal de servicio en la cabina (salvo que el boleto se compre con menos de 48 horas de antelación a la salida);
6) el transporte de un animal de servicio en un segmento programado que demora 8 horas o más; o
7) el espacio para un pasajero con discapacidades visuales y auditivas graves.

El pasajero debe realizar estas solicitudes en el momento de la reservación y con la mayor anticipación posible. Si un pasajero solicita un servicio especial por lo menos 48 horas antes de la salida, Delta, en la medida de lo posible, proporcionará el servicio. Si un pasajero solicita un servicio con menos de 48 horas de anticipación a la salida, Delta hará un esfuerzo razonable para proporcionar el servicio.

K) Embarque y desembarque

Cuando una persona con discapacidad solicite asistencia para embarcar, sentarse o guardar el equipaje de mano, Delta permitirá que el pasajero embarque en la aeronave antes que otros pasajeros, siempre que el tiempo lo permita.

L) Comunicación y confirmación de la información

Delta realizará todos los esfuerzos razonables para garantizar que los anuncios a los pasajeros relacionados con las escalas, las demoras, los cambios en el itinerario de vuelos, las conexiones, los servicios a bordo y el reclamo de equipaje se comuniquen a cualquier persona con discapacidad de manera tal que la persona comprenda la comunicación.

M) Consultas periódicas

Cuando los pasajeros en sillas de ruedas que no tienen movilidad independiente estén esperando para embarcar una aeronave, Delta les consultará periódicamente acerca de sus necesidades y atenderá aquellas necesidades en las que los servicios requeridos son normalmente proporcionados por Delta.

REGLA 7: NEGATIVA DE TRANSPORTE

Delta podrá negarse a transportar a cualquier pasajero y podrá retirar a cualquier pasajero de la aeronave en cualquier momento, por cualquiera de las siguientes razones:

A) solicitud del Gobierno o fuerza mayor

Siempre que sea necesario cumplir con cualquier ley, regulación o directiva o solicitud del Gobierno, o cuando sea aconsejable a la entera discreción de Delta debido al clima u otras condiciones fuera del control de Delta, incluidas las catástrofes naturales, las huelgas, los disturbios civiles, las prohibiciones, la guerra y otros asuntos similares de fuerza mayor.

B) registro de pasajeros o propiedad personal

Cuando un pasajero se niegue a permitir el registro de su persona o propiedad personal en busca de explosivos, armas, materiales peligrosos u otros artículos prohibidos.

C) prueba de identidad

Cuando un pasajero se niegue a presentar una identificación positiva si así se le solicita.

D) viaje a través de fronteras internacionales

Cuando un pasajero esté viajando a través de cualquier frontera internacional si:
1) los documentos de viaje de dicho pasajero no están en regla; o
2) dicho transporte sería ilegal.

E) incumplimiento de las reglas o del contrato de transporte de Delta

Cuando el pasajero no cumpla con alguna de las reglas o normas de Delta, o algún término del contrato de transporte.

F) conducta o condición del pasajero

Delta no se negará a proporcionar transporte a una persona con una discapacidad, según se define en el título 14, § 382.5 y 382.31 del C.F.R., según la discapacidad del pasajero, excepto según lo permita o requiera la ley. Delta no se negará a transportar pasajeros por razones de raza, color, origen nacional, religión, sexo, orientación sexual ni ascendencia. Atento a esas calificaciones, Delta podrá negarse a transportar a cualquier pasajero, o podrá retirar a cualquier pasajero de la aeronave, cuando la negativa a transportar o retirar al pasajero sea razonablemente necesaria, a la entera discreción de Delta, para la comodidad o la seguridad del pasajero, para la comodidad o seguridad de otros pasajeros o empleados de Delta, o para la prevención de daños a la propiedad de Delta o de sus pasajeros o empleados. A modo de ejemplo, ente otros casos, Delta podrá negarse a transportar o podrá retirar pasajeros de la aeronave en cualquiera de las siguientes situaciones:

1) cuando la conducta del pasajero es desordenada, abusiva o violenta, o cuando el pasajero parece estar ebrio o bajo la influencia de drogas;
2) cuando el pasajero está descalzo;
3) cuando el pasajero interfiera con las actividades de la tripulación de vuelo o no obedezca las instrucciones de cualquier miembro de la tripulación de vuelo;
4) cuando el pasajero tiene una enfermedad contagiosa que se podría transmitir a otros pasajeros durante el curso normal del vuelo;
5) cuando el pasajero no puede sentarse en un asiento con el cinturón de seguridad abrochado;
6) cuando el comportamiento del pasajero puede ser peligroso o crear un riesgo de daño a sí mismo, a la tripulación o a otros pasajeros, o a la aeronave o propiedad de la compañía aérea, o a la propiedad personal de otros pasajeros;
7) cuando el pasajero está gravemente enfermo, a menos que el pasajero proporcione un permiso escrito de un médico para volar; o
8) cuando la conducta, la vestimenta, la higiene o el olor del pasajero crean un riesgo irrazonable de ofensa o molestia a otros pasajeros.

G) Recurso del pasajero

Los pasajeros no se involucrarán en ninguna conducta que autorice a Delta a rechazar el transporte según esta regla. El único recurso de cualquier pasajero al que se le haya denegado el transporte o al que se haya retirado por cualquier motivo especificado en la presente Regla será la recuperación del valor de reembolso de la porción no utilizada de su boleto, según lo dispuesto en la Regla 22, Ir a nota al pie.

REGLA 8: ACEPTACIÓN DE NIÑOS

A) Niños acompañados

(1) Regla general

Salvo lo establecido en esta regla, no se aceptarán niños menores de 15 años para el transporte a menos que estén acompañados por un padre, tutor legal u otro pasajero de al menos 18 años en la cabina del mismo vuelo. Delta puede exigir documentación que verifique la edad del niño en el momento del check-in. Un pasaporte válido, un certificado de nacimiento u otra identificación emitida por el Gobierno son aceptables.

(2) Niños menores de 2 años acompañados.

Los niños menores de 2 años que no ocupen asiento pueden viajar con un pasajero adulto que pague la tarifa y que tenga al menos 18 años, o con el padre o tutor legal pagando la tarifa de bebé en brazos aplicable (incluye impuestos). Los niños adicionales y los niños que ocupen un asiento deben pagar la tarifa de adulto aplicable. Se permite un máximo de 2 niños por cada adulto. Delta recomienda que cualquier niño que ocupe un asiento se coloque en un asiento de seguridad aprobado. Los niños que cumplan su segundo año durante el viaje deberán ocupar un asiento y pagar la tarifa de adulto aplicable durante todo el viaje.

(3) Niños de 2 años o más acompañados

La tarifa para niños de 2 años o más será la tarifa de adulto aplicable.

B) Menores de 15 años no acompañados.

Los niños menores de 15 años pueden viajar sin acompañante en Delta solo en las siguientes condiciones:

(1) Niños menores de 5 años

Ningún niño menor de 5 años será aceptado para viajar sin acompañante.

(2) Niños de entre 5 y 14 años

Los niños de 5 a 7 años pueden viajar sin acompañante únicamente en vuelos directos y no podrán realizar conexión con otras aerolíneas. Los niños de entre 8 y 14 años pueden viajar sin acompañante en vuelos directos sin escala o vuelos de conexión de Delta, pero no pueden hacer conexiones con otras aerolíneas, con excepción de Delta Connection, KLM y Air France.

C) Servicio para menores no acompañados

(1) Cuando se requiere el Servicio para menores no acompañados

Salvo que se disponga lo contrario en esta Regla, el Servicio para menores no acompañados es obligatorio para todos los pasajeros menores de 15 años que Delta acepte para el transporte.

(2) Definición de Servicio para menores no acompañados

El servicio para menores no acompañados implica que Delta proporcionará supervisión para el niño desde el momento en que embarque hasta que lo reciban en el punto de escala o destino. Delta no asumirá ninguna responsabilidad financiera o de tutela para los menores no acompañados, más allá de las aplicables a un pasajero adulto. Delta tiene el derecho, pero no está obligada, a exigir la identificación de la parte responsable que se reúne con el niño en un punto de transbordo o el destino final. Los menores no acompañados deberán ser confirmados en su destino y no podrán ser confirmados en el último vuelo de conexión de la tarde (con excepción de los mercados en los que solo haya una conexión y sea el último vuelo del día o en los vuelos con origen o destino en Alaska o Hawái). Tampoco podrán viajar en un vuelo previsto para finalizar antes del destino del menor o para evitar el destino del menor. Delta puede suspender temporalmente el viaje de un menor no acompañado o volver a reservarle un vuelo alternativo si existe la posibilidad de que el clima, las operaciones irregulares u otras condiciones puedan provocar el desvío de un vuelo. Delta exige que uno de los padres o un adulto responsable acompañe al niño hasta el embarque, quien debe proporcionar el nombre, el número de teléfono y la dirección de la persona que se reunirá con el niño en el punto de transbordo o el destino final. Delta se reserva el derecho de negarse a entregar a un menor no acompañado a cualquier persona que no sea la parte designada previamente. Los representantes de Delta no pueden administrar medicamentos a los niños que vuelan solos. Un menor no acompañado no podrá viajar en ningún vuelo doméstico de más de 2 horas de duración con salida entre las 09 p.m. y las 05 a.m. (“vuelo nocturno”). Esta restricción no se aplica a los vuelos nocturnos hacia Hawái y Alaska o desde estos lugares; sin embargo, un menor no acompañado en un vuelo nocturno desde Hawái o Alaska no podrá hacer conexión con un vuelo nocturno doméstico ni el último vuelo del día, a menos que sea la única opción de vuelo para el día.

D) Menores de entre 15 y 17 años no acompañados

Si bien no es obligatorio, un padre o tutor puede solicitar el Servicio para menores no acompañados para los menores de entre 15 y 17 años no acompañados. Se aplicará el cargo por servicio de menores no acompañados.

E) Cargo por servicio de menores no acompañados

Además de la tarifa aplicable, los menores no acompañados para los que se requiera o se haya solicitado el servicio de menores no acompañados deberán pagar un cargo por ese servicio, en las cantidades que se indican a continuación. Delta se reserva el derecho de negarse a transportar a cualquier menor no acompañado para el que se requiera o solicite el servicio de menores no acompañados sin haber pagado el cargo adicional correspondiente. Si 2 o más menores no acompañados son familiares directos, sus boletos se vendieron juntos y viajan juntos, solo se cobrará un cargo por servicio.

El cargo por el Servicio para menores no acompañados se incorpora por referencia.

F) Prueba de permiso para viajar

Los menores de al menos (12) años, pero que sean menores de (18) años y que viajen sin la compañía de sus padres o tutores legales deberán demostrar en la oficina o agencia que hacen la reservación del boleto que sus padres o tutores legales tienen conocimiento de su viaje y que tienen su permiso para viajar y salir de su país de origen. Si el tiempo lo permite antes de la salida, se requerirá una declaración por escrito de los padres o tutores a tal efecto, y si el viaje es internacional, la declaración también debe decir que el o los menores estarán de visita y a cargo de la o las personas responsables mientras se encuentren en el país de destino. Si se ha hecho la reservación muy cerca de la hora de salida y no se puede conseguir una declaración escrita, entonces se requerirá la garantía verbal del padre o tutor legal.

REGLA 9: PERROS DE SERVICIO ESPECIALMENTE ENTRENADOS

Delta acepta el traslado de perros entrenado, sin cargo: (1) para guiar a los ciegos, cuando el perro acompaña a un pasajero con problemas de visión y que depende de ese perro; (2) para ayudar a los sordos, cuando el perro acompaña a un pasajero con problemas de audición y que depende de ese perro; (3) para ayudar a los pasajeros con discapacidades físicas y psiquiátricas que dependen de ese perro; o (4) para detectar explosivos o para la búsqueda y rescate, solo cuando dichos perros estén acompañados por entrenadores militares y del gobierno de los Estados Unidos. En los casos (1) y (2) anteriores, Delta también aceptará dichos perros cuando estén acompañados por el entrenador del perro y cuando estén en ruta al domicilio del propietario para completar el entrenamiento. En todos los casos, el perro de servicio podrá acompañar a dicho pasajero en la cabina, pero no podrá ocupar un asiento.

REGLA 10: SERVICIO LIBRE DE HUMO

 Delta prohíbe fumar y el uso de todos los productos de tabaco sin humo (incluidos los cigarrillos electrónicos) en todos los vuelos.

REGLA 11: OXÍGENO MÉDICO PARA PASAJEROS

En los vuelos operados por Delta o Delta Connection, solo se aceptan los concentradores de oxígeno portátiles (POC) aprobados por la Administración Federal de Aviación (FAA) para oxígeno médico a bordo. Se requiere aviso con 48 horas de anticipación. Consulte Circunstancias especiales de Delta para obtener información sobre el certificado emitido por un médico con licencia y las revisiones médicas que son necesarios antes del vuelo. El servicio de revisión médica es proporcionado por Delta sin costo alguno para el pasajero. Si el pasajero hace algún cambio voluntario en su itinerario después de realizarse la revisión médica, es posible que sea necesario volver a realizarla. Los pasajeros que utilicen POC en un vuelo de Delta deberán estar sentados en una fila que no sea una salida de emergencia o un asiento con mampara.

REGLA 12: BOLETOS

A) Debe presentar un boleto válido para el transporte que le dé derecho al transporte solo entre los puntos de origen y destino a través de la ruta emitida.

B) Los boletos son intransferibles. El comprador del boleto y el pasajero son responsables de asegurarse de que el boleto indique con exactitud el nombre del pasajero. Si un pasajero que no figura en el boleto presenta un boleto para su transporte, este quedará anulado.

C) Los boletos son válidos para viajar solo cuando se utilizan de acuerdo con todos los términos y condiciones de venta.

D) Cuando se invalida un boleto como resultado del incumplimiento de cualquier término o condición de venta por parte del pasajero, Delta podrá hacer lo siguiente:

1) cancelar cualquier porción restante del itinerario o reservaciones del pasajero;

2) decomisar cualquier porción no utilizada del boleto;

3) rehusarse a embarcar al pasajero o a facturar el equipaje del pasajero; o

4) aplicar al pasajero el valor restante razonable del boleto, que no será inferior a la diferencia entre la tarifa realmente pagada y la tarifa más baja aplicable al itinerario real del pasajero.

E) Vencimiento del boleto

El boleto será válido durante un año a partir de la fecha original de emisión y el viaje debe comenzar dentro de este período de validez. Una vez que el viaje haya comenzado, se debe completar dentro del año a partir de la fecha en que comenzó. Si se cambia o vuelve a emitir un boleto:

a)    Un boleto no utilizado en su totalidad se debe cambiar dentro del período de validez original de un año y se proporcionará una nueva fecha de emisión del boleto con base en la fecha de cambio.

b)    Si el viaje ha comenzado, entonces el boleto se debe volver a emitir y todo el viaje se debe completar dentro del año a partir de la fecha en la que comenzó.

Nota: Determinadas tarifas pueden tener distintos períodos de validez, en cuyo caso las reglas específicas asociadas con la tarifa tendrán prioridad.

F) El boleto electrónico (E-Ticket/ET) es el registro del acuerdo mantenido y procesado dentro del sistema electrónico de reservación de la compañía aérea. Se proporciona un recibo por escrito al comprador del boleto electrónico que contiene una referencia para recuperar el registro dentro del sistema de reservaciones de la compañía aérea y un resumen de la información del boleto. La compañía aérea puede ordenar la emisión de un boleto electrónico (ET) independientemente del mercado, la compañía aérea, la forma de pago y el tipo de cliente (incluidos los socios de SkyMiles y los miembros participantes del programa de viajero frecuente de la compañía aérea).

G) Cargo por reemisión externa

Delta cobrará un cargo adicional no reembolsable de $50.00 USD por la reemisión por parte de Delta de boletos emitidos originalmente en los Estados Unidos o Canadá por cualquier otra fuente de venta de boletos que no sea Delta; sin embargo, no se aplica el cargo a las transacciones confirmadas en el mismo día, las operaciones irregulares (según lo designe Delta a su entera discreción) o las situaciones de cambio en el itinerario de vuelos, las reemisiones de ascensos de categoría de SkyMiles, las reemisiones de boletos emitidos en delta.com o los boletos emitidos con tarifas militares o del Gobierno. Ese cargo adicional se aplica a todos los cambios de boletos emitidos a petición del pasajero.

H) Cargos adicionales por la emisión de boletos

Además de la tarifa aplicable, para los boletos comprados directamente en Delta Reservations (Departamento de Reservaciones de Delta) en Europa, Delta cobrará un cargo adicional en el momento de la venta del boleto, según se establece en www.delta.com. Ese cargo adicional no es reembolsable y se incluirá en la tarifa total presupuestada al pasajero en el momento de la venta del boleto. Esos cargos adicionales no se aplican a los boletos comprados directamente a Delta en delta.com.

I) Limitaciones de capacidad

Delta limitará la cantidad de pasajeros transportados en un mismo vuelo, en cualquier clase de tarifa o cabina, y dichas tarifas y clases de tarifa no estarán necesariamente disponibles en todos los vuelos ni en todos los mercados. La cantidad de asientos que Delta pone a disposición en un vuelo se determina según el mejor criterio de Delta sobre la carga total de pasajeros prevista en cada vuelo.

REGLA 13: CONFIRMACIÓN DE RESERVACIONES

Ninguna reservación en Delta es válida hasta que la disponibilidad y la asignación del espacio reservado sean confirmados por Delta o su agente y se introduzca en el sistema electrónico de reservaciones de Delta.

A menos que la regla de tarifas aplicable u otro acuerdo entre Delta y el pasajero imponga una fecha límite anterior para la emisión de boletos, Delta deberá recibir el pago y la reservación deberá hacerse efectiva al menos 60 minutos antes de la hora programada de salida del vuelo. El incumplimiento de la fecha límite para venta de boletos o de una fecha límite anterior impuesta por la regla de la tarifa aplicable u otro acuerdo con el pasajero dará lugar a la cancelación de la reservación sin previo aviso. La lista de aeropuertos que imponen una fecha límite para la venta de boletos se encuentra en delta.com/checkin y se incorpora en el presente como referencia.

REGLA 14: CANCELACIÓN DE RESERVACIONES

A)Delta cancelará las reservaciones de cualquier pasajero siempre que dicha acción sea necesaria para cumplir con cualquier regulación del gobierno, o para cumplir con cualquier solicitud del gobierno para el transporte de emergencia, o siempre que dicha acción sea necesaria o aconsejable debido al clima u otras condiciones fuera de su control.

B) El programa Secure Flight de la Administración de Seguridad del Transporte (TSA) exige que Delta obtenga la siguiente información adicional de los pasajeros cuando se realizan reservaciones para volar dentro y fuera de los Estados Unidos y reservaciones para vuelos internacionales de punto a punto operados por líneas aéreas con base en los EE. UU.:

1) Nombre completo (obligatorio), como figura en la identificación emitida por el gobierno y aprobada para su uso cuando se viaja
2) Fecha de nacimiento (obligatorio)
3) Sexo (obligatorio)
4) Número de desagravio (opcional)

Delta puede cancelar su reservación si esta no incluye los datos del pasajero.
Datos del pasajero (nombre completo, fecha de nacimiento y sexo) al menos 72 horas antes de su salida programada. Esta política de cancelación se aplica a todos los boletos de Delta, incluidos aquellos para los vuelos de los socios comerciales de código compartido de Delta.

C)   No presentación

Si no se presenta en algún vuelo de su itinerario sin avisar a Delta con anticipación a la salida del vuelo, Delta podrá cancelar su reservación para todos los vuelos restantes de su itinerario.

D)   Límites de tiempo para el check-in en el aeropuerto

1) Reservaciones sujetas a cancelación por no cumplir con los plazos de check-in y embarque

Su reservación se puede cancelar si no cumple con todos los procedimientos de check-in aplicables antes del plazo de check-in de su vuelo o si no se encuentra en la puerta de embarque y listo para embarcar antes del plazo de embarque aplicable. Se aplicarán los plazos de check-in y embarque vigentes en la fecha del viaje y se publican en delta.com.

2) Responsabilidad del pasajero de contar con tiempo suficiente

Debe llegar al aeropuerto con tiempo suficiente para cumplir con todos los procedimientos de check-in, completar el control de seguridad, cumplir con todos los demás requisitos del Gobierno y el procesamiento de salidas, y debe llegar a la puerta de embarque antes del plazo de embarque aplicable. Delta no demorará los vuelos de los pasajeros que no estén en la puerta de embarque y listos para embarcar de forma puntual, y no será responsable de ninguna pérdida ni gasto debido al incumplimiento de esta disposición por parte del pasajero.

REGLA 15: TARIFAS

A) Tarifas aplicables solo para itinerarios emitidos

Las tarifas se aplican únicamente a los viajes entre los puntos para los que se publican. Los boletos podrán no emitirse con las tarifas publicadas desde o hacia puntos más distantes que los puntos viajados, incluso cuando la emisión de dichos boletos pueda producir una tarifa más baja.

B) Tarifas erróneas

Delta hará todos los esfuerzos razonables para asegurarse de que todas las tarifas que publique sean exactas y estén disponibles para la venta, pero Delta, como política, no archiva ni tiene la intención de archivar los boletos con precio de tarifa cero o que sean erróneos o que razonablemente aparenten ser erróneos. Si se publica una tarifa errónea inadvertidamente para la venta y se emite un boleto con la tarifa errónea antes de que se haya corregido, Delta se reserva el derecho de cancelar la compra del boleto y reembolsar todas las cantidades pagadas por el comprador o, a elección del comprador, de volver a emitir el boleto con la tarifa correcta. En ese caso, Delta también reembolsará cualquier gasto razonable, real y verificable en el que incurra el comprador al confiar en la compra del boleto. El comprador deberá presentar recibos u otros comprobantes de los costos reales incurridos en fundamento de cualquier solicitud de reembolso.

C) Elusión de tarifas publicadas

Delta prohíbe las prácticas de emisión de boletos destinadas a eludir la tarifa publicada que Delta pretende ofrecer para su itinerario real. Estas prácticas incluyen, entre otras:

1) Boleto Back-to-Back: la compra o la utilización de dos o más boletos emitidos en tarifas de ida y vuelta, o la combinación de dos o más tarifas de ida y vuelta seguidas en el mismo boleto, con el fin de eludir la estadía mínima.

2) Boletos desechables: la compra o el uso de tarifas de ida y vuelta para un viaje solo de ida.

3) Ciudad/punto oculto más allá de la emisión del boleto: la compra o el uso de una tarifa desde un punto anterior al origen real del pasajero o hasta un punto más allá del destino real del pasajero.

D) Cuando la tarifa entre 2 puntos cualesquiera no se publique específicamente en la ruta deseada, la tarifa se calculará combinando dos o más tarifas diferentes, a través de la ruta deseada desde el punto de origen del pasajero hasta el punto de destino, lo que dará lugar a la tarifa más baja para la clase de servicio utilizada; no obstante, dicha tarifa combinada no superará la tarifa más baja determinada de acuerdo con esta regla y con las reglas de tarifas aplicables. Los canales de venta directa de Delta ofrecerán a sus clientes las tarifas publicadas más bajas aplicables para los itinerarios entre puntos en los Estados Unidos, en vuelos de Delta, Delta Connection, Delta Shuttle y vuelos de código compartido de Delta para los vuelos, las fechas y la clase de servicio solicitados a los que tienen acceso nuestros representantes. Tenga en cuenta que Delta cotizará la tarifa publicada más baja que ofrecemos para el aeropuerto y el tipo de itinerario específicos que usted solicitó. No buscamos ni cotizamos tarifas para otros itinerarios, incluida la combinación de tarifas de solo ida u otras. Las tarifas no accesibles directamente desde Delta pueden incluir, entre otras, tarifas no publicadas, tarifas de consolidador, tarifas negociadas, tarifas turísticas o de paquetes y descuentos disponibles solo a través de sitios web de Internet.

E) Reservaciones duplicadas, falsas e imposibles/ilógicas

Delta prohíbe las reservaciones duplicadas, imposibles o falsas, que incluyen, entre otras, los itinerarios múltiples y en conflicto para el mismo pasajero, en la misma fecha, o reservaciones con conexiones que parten antes de la llegada del vuelo de llegada. Delta se reserva el derecho de cancelar las reservaciones para las que no se haya emitido boleto, y a cancelar y reembolsar el importe de las reservaciones para las que se haya emitido boleto con tarifa reembolsable.

REGLA 16: DOCUMENTOS DE VIAJE, TARJETAS DE TURISTA E IMPUESTOS Y GASTOS DE VIAJE

A) CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES

El pasajero deberá cumplir con todas las leyes, regulaciones, órdenes, demandas y requisitos de viaje del país desde el que se vuela, hacia el que se vuela y a través del que se vuela, así como con las leyes aplicables. La compañía aérea no es responsable de ninguna ayuda, instrucciones ni información brindada por la compañía aérea a un pasajero para obtener los documentos necesarios o para cumplir con las leyes aplicables, ya sea oralmente o por escrito, ni de las consecuencias que se produzcan cuando el pasajero no obtenga dichos documentos o no cumpla con las leyes aplicables.

B)    PASAPORTES Y VISADOS

1) Todo pasajero que desee cruzar cualquier frontera internacional será responsable de obtener todos los documentos de viaje necesarios y de cumplir con todos los requisitos de viaje del gobierno. El pasajero debe presentar todos los documentos de salida, de entrada y otros documentos requeridos por las leyes aplicables, y, a menos que las leyes aplicables no lo permitan, indemnizará a la compañía aérea por cualquier pérdida, daño o gasto sufrido o incurrido por la compañía aérea por el incumplimiento del pasajero. La compañía aérea no es responsable ante el pasajero por pérdidas o gastos debidos al incumplimiento de esta disposición por parte de este. La compañía aérea se reserva el derecho de rechazar el transporte de cualquier pasajero que no haya cumplido con las leyes, regulaciones, órdenes, demandas o requisitos aplicables o cuyos documentos no estén completos. Ninguna compañía aérea será responsable por cualquier ayuda o información brindada por cualquier agente o empleado de dicha compañía aérea a cualquier pasajero en relación con la obtención de dichos documentos o el cumplimiento de dichas leyes, ya sea oralmente, por escrito o de otra manera.
2) Sujeto a las leyes y regulaciones aplicables, el pasajero acepta pagar la tarifa aplicable siempre que la compañía aérea, por orden del gobierno, esté obligada a regresar al pasajero a su punto de origen o a otro lugar debido a la inadmisibilidad de este pasajero en un país o a su deportación de un país, ya sea de tránsito o de destino. La tarifa aplicable será la que se habría aplicado si el boleto original hubiera designado el destino revisado en el nuevo boleto. Cualquier diferencia entre la tarifa aplicable y la tarifa pagada por el pasajero será cobrada o reembolsada al pasajero, según sea el caso. La compañía aérea podrá aplicar al pago de esas tarifas los fondos pagados por el pasajero a la compañía aérea por el transporte no utilizado o cualquier fondo del pasajero en posesión de la compañía aérea. La tarifa cobrada para el transporte hasta el punto de negativa o deportación no será reembolsada por la compañía aérea, a menos que la ley de dicho país exija que dicha tarifa sea reembolsada.
3) Tránsito de pasajeros sin visado (TRWOV): cargo por servicio (aplicable a pasajeros que viajan según el acuerdo de tránsito sin visado): a un pasajero que transita por un punto en los EE. UU. sin visado se le aplicará un cargo por servicio de USD 25.00 o su equivalente convertido a la tasa del banco aplicable cuando Delta sea la compañía aérea que proporcione al pasajero el transporte a los EE. UU.
NOTA: El cargo por servicio se cobrará en el momento del check-in del pasajero en el último punto de escala antes de su llegada a los EE. UU. o, si no hay escala, en el punto de origen.

C) CONTROL ADUANERO

Si es necesario, el pasajero debe estar presente para la inspección de su equipaje, documentado o no, por parte de funcionarios de aduanas u otros funcionarios del Gobierno. La compañía aérea no es responsable ante el pasajero si este no se encuentra presente durante la inspección. El pasajero deberá indemnizar a la compañía aérea por cualquier pérdida o daño que se produzca para la compañía aérea debido al incumplimiento por parte del pasajero de esa inspección o a su ausencia durante ella.

D) REGULACIONES DEL GOBIERNO

La compañía aérea no es responsable si determina de buena fe que la ley aplicable requiere la negativa a transportar a un pasajero.

E) IMPUESTOS Y OTRAS TARIFAS O CARGOS IMPUESTOS POR EL GOBIERNO O EL AEROPUERTO

Salvo que se especifique lo contrario en cualquiera de nuestras normas que puedan regir un itinerario o tarifa en particular, su tarifa excluye cualquier impuesto, otros cargos por servicios impuestos por el Gobierno o el aeropuerto y los impuestos de tránsito. Cualquier impuesto u otro cargo impuesto por el Gobierno o la autoridad aeroportuaria y que sea cobrable a un pasajero será adicional a las tarifas y los cargos publicados.

F) COMIDAS, HOTELES Y OTROS ACUERDOS DE VIAJE

A menos que su boleto incluya expresamente comidas, transporte terrestre u otros arreglos de viaje, su tarifa no incluye esos servicios ni ningún otro gasto en el que pueda incurrir durante su viaje, como el hotel, el transporte terrestre o las comidas. Si Delta le ayuda a hacer cualquier arreglo para esos servicios, solo será en calidad de agente, y Delta no será responsable de ninguna pérdida, daño o gasto en el que usted pueda incurrir en relación con esos servicios (incluidos la falta de provisión de los servicios o cualquier incidente relacionado con ellos).

REGLA 17: EQUIPAJE

A. Políticas y restricciones sobre el equipaje documentado y el equipaje de mano

Los pasajeros con boleto podrán documentar el equipaje y transportar equipaje a bordo de las aeronaves de Delta, sujetos a esta regla. Las políticas de equipaje de Delta y las tarifas por equipaje están disponibles en www.delta.com/bags y se incorporan por referencia, como se establece en el presente contrato de transporte. Estas políticas restringen la cantidad, el tamaño, el número y el peso del equipaje (tanto documentado como no documentado); describen las prohibiciones aplicables del equipaje, y rigen el transporte de artículos peligrosos y especiales (como equipos deportivos, equipos médicos y dispositivos de ayuda para la movilidad, instrumentos musicales y artículos frágiles y perecederos).

B. Responsabilidad con respecto al equipaje

1. Limitación general de la responsabilidad con respecto a la pérdida, el daño o la demoras en la entrega del equipaje

La responsabilidad de Delta por la pérdida, el daño o la demora en la entrega del equipaje documentado, el equipaje de mano u otros bienes personales de un pasajero entregados a Delta en conexión con el transporte aéreo en Delta se limitará a daños o pérdidas verificados y se regirá por la Regla 18, Ir a nota al pie de estas condiciones del transporte (Responsabilidad de las compañías aéreas).

2. Daño preexistente o desgaste normal

Delta no se hace responsable de los daños preexistentes ni del desgaste provocado por la manipulación normal del equipaje.

3. Pérdida por acción del Gobierno o el aeropuerto

Delta no es responsable por la pérdida, el daño o la demora del equipaje documentado, el equipaje de mano, la silla de ruedas o el dispositivo de asistencia ni de ningún artículo personal de un pasajero que pudiera producirse por una inspección de seguridad de dichos artículos realizada por un agente de cualquier agencia local, estatal o federal a cargo del control de seguridad del aeropuerto, o por la confiscación por parte de un agente de cualquier agencia local, estatal o federal.

C. Aceptación de equipaje en el depósito

Sujeto a acuerdos anticipados con la compañía aérea, el equipaje en el depósito transportado a petición del pasajero para su conveniencia estará sujeto a un cargo de procesamiento de USD 50.00 o su equivalente convertido a la tasa del banco aplicable para cada bulto. A los efectos de esta regla, el equipaje en el depósito se definirá como el equipaje transportado a los EE. UU. desde un punto fuera del país que:

(1) la aduana haya puesto bajo la custodia de DL para:

(a) el transporte al aeropuerto de destino del pasajero en los EE. UU. de la instalación aduanera más cercana para la inspección aduanera, o bien
(b) el transporte al puerto de salida del pasajero en los EE. UU. desde un punto fuera de los EE. UU., o bien
(c) la exportación a un punto fuera de los EE. UU., desde el puerto de entrada del pasajero.

(2) deba permanecer inaccesible para el pasajero.
(3) deba entregarse a la aduana para el despacho para el pasajero.
(4) se le aplican reglas normales de equipaje/responsabilidad.

REGLA 18: RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA AÉREA; REGLAS DE CÓDIGO COMPARTIDO

A)   COMPAÑÍAS AÉREAS CONSECUTIVAS: si una o más compañías aéreas consecutivas están operando vuelos con un solo boleto, o con un boleto conjunto, los vuelos se considerarán una sola operación.

B)  LEYES Y DISPOSICIONES APLICABLES
1) La compañía aérea será responsable, en virtud del artículo 17 de la Convención de Varsovia o de la Convención de Montreal, según corresponda, de los daños y perjuicios indemnizables sufridos en caso de muerte o lesiones corporales de un pasajero, según lo dispuesto en los siguientes párrafos:

a) La compañía aérea no podrá excluir ni limitar su responsabilidad por los daños que no superen los 128,821 derechos especiales de giro por pasajero.
b) La compañía aérea no será responsable por los daños en la medida en que superen los 128,821 derechos especiales de giro por pasajero, si la compañía aérea demuestra que:

1) dicho daño no se debió a la negligencia u otro acto ilícito u omisión de la compañía aérea, o de sus funcionarios o agentes; o
2) dicho daño se debió únicamente a la negligencia u otro acto ilícito u omisión de un tercero.

c) La compañía aérea se reserva todas las demás defensas y limitaciones disponibles en virtud de la Convención de Varsovia o de la Convención de Montreal, según corresponda, a tales reclamos, incluidas, entre otras, la defensa de exoneración del artículo 21 de la Convención de Varsovia y del artículo 20 de la Convención de Montreal, excepto que la compañía aérea no invocará los artículos 20 y 22(1) de la Convención de Varsovia de manera inconsistente con los párrafos (1) y (2) de este documento.
d) Con respecto a terceros, la compañía aérea se reserva todos los derechos de recurso contra cualquier otra persona, incluidos, entre otros, los derechos de contribución e indemnización.
e) La compañía aérea acepta que, sujeto a la ley aplicable, los daños y perjuicios indemnizables por tales reclamaciones pueden determinarse por referencia a las leyes del país del domicilio o del país de residencia permanente del pasajero.

2) En caso de daños corporales o muerte, la compañía aérea hará un pago anticipado cuando determine que es necesario para satisfacer las necesidades económicas inmediatas y las dificultades sufridas por un pasajero, según lo dispuesto en los siguientes párrafos:

a) A menos que surja una disputa sobre la identidad de la persona a quien se debe hacer un pago con anticipación, la compañía aérea, sin demora, hará el pago al pasajero con anticipación, en la cantidad o las cantidades determinadas por la compañía aérea a su entera discreción. En caso de fallecimiento de un pasajero, el importe del pago anticipado no será inferior a 16,000 derechos especiales de giro, que se pagará a un pariente del pasajero en calidad de representante, que tenga derecho a recibir dicho pago anticipado según lo determine la compañía aérea a su entera discreción.
b) La compañía aérea hará el pago con anticipación como adelanto de la responsabilidad de la compañía aérea en virtud de la Convención de Varsovia o de la Convención de Montreal, según corresponda. El pago con anticipación no constituye el reconocimiento de responsabilidad. El pago con anticipación se usará como compensación o se deducirá del pago de cualquier acuerdo o sentencia con respecto a cualquier reclamación de indemnización en nombre del pasajero.
c) La compañía aérea, al hacer un pago con anticipación, no renuncia a ningún derecho, defensa ni limitación disponible según la Convención de Varsovia o la Convención de Montreal, según corresponda, relacionados con una reclamación por parte del pasajero, y la falta de aceptación de un pago con anticipación no constituirá una liberación de cualquier reclamación, cualquiera que sea, por parte de cualquier persona.
d) La compañía aérea, al hacer un pago con anticipación, conserva su derecho de solicitar a cualquier otra persona una contribución o indemnización por dicho pago, que no se considerará una contribución voluntaria ni un pago contractual por parte de la compañía aérea.
e) La compañía aérea podrá recuperar un pago con anticipación de cualquier persona cuando se demuestre que la compañía aérea no es responsable de ningún daño sufrido por el pasajero, cuando se demuestre que la persona no tenía derecho a recibir el pago o cuando y en la medida que se demuestre que la persona que recibió el anticipo causó el daño o contribuyó a él.

3) La compañía aérea será responsable de los daños ocasionados por la demora en el transporte aéreo de pasajeros, según lo dispuesto en los siguientes párrafos:

a) La compañía aérea no será responsable si prueba que ella misma y sus funcionarios y agentes tomaron todas las medidas razonablemente necesarias para evitar el daño o que les fue imposible tomar tales medidas.
b) El aeropuerto, el control de tráfico aéreo, la seguridad y otras instalaciones o el personal, ya sean públicos o privados, que no estén bajo el control y la dirección de la compañía aérea no son funcionarios ni agentes de la compañía aérea, y esta no es responsable en la medida en que el retraso sea causado por ese tipo de instalaciones o por el personal.
c) Los daños ocasionados por la demora están sujetos a los términos, limitaciones y defensas establecidos en la Convención de Varsovia y la Convención de Montreal, según corresponda. Estos incluyen los daños compensatorios previsibles sufridos por un pasajero y no incluyen los daños por lesiones mentales.
d) La compañía aérea se reserva todas las defensas y limitaciones disponibles en virtud de la Convención de Varsovia o la Convención de Montreal, según corresponda, para los reclamos por daños ocasionados por demoras, incluida, entre otras, la defensa de exoneración del artículo 21 de la Convención de Varsovia y el artículo 20 de la Convención de Montreal. Según la Convención de Montreal, la responsabilidad de la compañía aérea por los daños causados por la demora está limitada a 5,346 derechos especiales de giro por pasajero. Los límites de responsabilidad no se aplicarán en los casos descritos en el artículo 25 de la Convención de Varsovia o en el artículo 22(5), de la Convención de Montreal, según corresponda.

4) La compañía aérea es responsable de los daños sufridos en caso de destrucción, pérdida, deterioro o demora del equipaje documentado y no documentado, según lo dispuesto en los siguientes párrafos:

a) Salvo lo dispuesto a continuación, la responsabilidad de la compañía aérea se limita a 1288 derechos especiales de giro por pasajero en caso de destrucción, pérdida, daño o demora del equipaje, documentado o no, según lo dispuesto en la Convención de Varsovia o la Convención de Montreal, según corresponda. A menos que el pasajero pruebe lo contrario:

1) todo el equipaje documentado por un pasajero se considerará propiedad de dicho pasajero;
2) un determinado equipaje, documentado o no, no se considerará propiedad de más de un pasajero; y
3) el equipaje no documentado, incluidos los efectos personales, se considerará propiedad del pasajero en posesión del equipaje en el momento del embarque.

b) No se aplicará el límite de responsabilidad normal de la compañía aérea por reclamaciones corroboradas que impliquen la pérdida, el daño o el retraso en la entrega de dispositivos de ayuda para la movilidad, como sillas de ruedas, andadores, muletas, escúteres y otros dispositivos de ayuda para la movilidad, cuando tales artículos se hayan aceptado bajo el cuidado de la compañía aérea como equipaje documentado o de alguna otra manera. La responsabilidad de la compañía aérea por reclamaciones corroboradas que impliquen la pérdida, el daño o el retraso en la entrega de dispositivos de ayuda para la movilidad, cuando tales artículos se hayan aceptado como equipaje documentado o de algún otro modo, se basa en el costo de la reparación o en el valor de sustitución del dispositivo de ayuda para la movilidad. En el caso de sillas de ruedas, andadores, muletas, escúteres y otros dispositivos de ayuda para la movilidad dañados o retrasados, si tales dispositivos de ayuda dañados pueden repararse, la compañía aérea llevará a cabo, a su cargo, la reparación rápida y adecuada del dispositivo de ayuda y realizará su devolución al pasajero tan pronto como sea razonablemente posible. La compañía aérea hará todos los esfuerzos razonables para dar con una solución temporal sin demoras injustificadas mientras el dispositivo de ayuda para la movilidad del pasajero se encuentra en proceso de reparación o devolución.
c) En caso de equipaje no documentado, la compañía aérea solo será responsable en la medida en que los daños se deban a su culpa o a la de sus funcionarios o agentes.
d) La compañía aérea no es responsable por la destrucción, la pérdida, el daño o la demora del equipaje que no esté a cargo de la compañía aérea, incluido el equipaje que se someta a inspecciones de seguridad o a medidas que no estén bajo el control y la dirección de la compañía aérea.
e) La compañía aérea se reserva todas las defensas y limitaciones disponibles según la Convención de Varsovia y la Convención de Montreal, que puedan aplicarse a tales reclamos, incluidas, entre otras, la defensa del artículo 20 de la Convención de Varsovia y el artículo 19 de la Convención de Montreal, y la exoneración de la defensa del artículo 21 de la Convención de Varsovia y el artículo 20 de la Convención de Montreal, excepto que la compañía aérea no invocará los artículos 22(2) y (3) de la Convención de Varsovia de una manera inconsistente con el párrafo 4(a) de este documento. Los límites de responsabilidad no se aplicarán en los casos descritos en el artículo 25 de la Convención de Varsovia o en el artículo 22(5), de la Convención de Montreal, según corresponda.

5) Según la Convención de Varsovia y la Convención de Montreal, según corresponda, una acción por daños y perjuicios debe interponerse en el plazo de dos años, y se debe presentar una queja a la compañía aérea en el plazo de siete días calendario en el caso de daños al equipaje, y de 21 días calendario en el caso de demora.

C) LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: salvo que la Convención aplicable u otra ley exija otra cosa:

1) La compañía aérea no será responsable de ninguna muerte, lesión, demora, pérdida o cualquier otro daño de cualquier naturaleza (de aquí en adelante, en esta tarifa, mencionado conjuntamente como “daño”) a los pasajeros o al equipaje no documentado que surja de una conexión o en relación con el transporte u otros servicios realizados por la compañía aérea, a menos que dicho daño sea causado por la negligencia de la compañía aérea. La asistencia prestada al pasajero por los empleados de la compañía aérea en la carga, la descarga o el transbordo de equipaje se considerará como un servicio gratuito para el pasajero. La compañía aérea no será responsable por el daño al equipaje no documentado en el que se haya incurrido durante el servicio o como resultado de este, independientemente de la negligencia de los empleados de la compañía aérea.
2) La compañía aérea no será responsable de ningún daño que surja directa y exclusivamente del cumplimiento de las leyes, las normas de gobierno, las órdenes o los requisitos, o del incumplimiento por parte de los pasajeros de esas normas, o de cualquier otra causa fuera del control de la compañía aérea.
3) La compañía aérea no será responsable de los daños al equipaje del pasajero causados por las pertenencias contenidas en el equipaje del pasajero. Cualquier pasajero cuyas pertenencias hayan causado daño al equipaje de otro pasajero o a la propiedad de la compañía aérea, deberá indemnizar a la compañía aérea por todas las pérdidas y gastos incurridos por ella como resultado de esto.
4) Delta no asume responsabilidad alguna por daños preexistentes, incluidos cortes y rayones leves, y cremalleras rotas como resultado del exceso de peso del equipaje o del propio desgaste consecuencia del manejo ordinario del equipaje.
5) Cuando la compañía aérea haya ejercido el cuidado estándar común, no será responsable por el deterioro causado por la demora en la entrega de cualquier elemento perecedero descrito en la Regla 17, Ir a nota al pie (REGULACIONES DE EQUIPAJE), ni por daños causados a los artículos frágiles descritos en la Regla 17, o por estos, Ir a nota al pie que no estén debidamente embalados y que estén incluidos en el equipaje documentado de un pasajero sin el conocimiento de la compañía aérea. La compañía aérea no será responsable de los daños o las demoras en la entrega del equipaje documentado y de las pertenencias de un pasajero aceptados en virtud de la ejecución de una exención según lo establecido en la Regla 116, en la medida en que dicha exención exima de responsabilidad a la compañía aérea.
6) La compañía aérea puede negarse a aceptar cualquier artículo que no constituya equipaje según la definición de este término en este documento, pero si se entrega y la compañía aérea lo recibe, dichos artículos se considerarán dentro de la valoración de equipaje y el límite de responsabilidad, y estarán sujetos a las tarifas y cargos publicados por la compañía aérea.
7) a) La responsabilidad de la compañía aérea por daños y perjuicios se limitará a lo que ocurra en su propia línea, excepto en el caso del equipaje documentado, sobre el cual el pasajero también tiene derecho de acción contra la primera o la última compañía aérea.
b) Toda compañía aérea que emita un boleto o documente equipaje para su transporte por las líneas de otra compañía aérea lo hará exclusivamente en calidad de agente.
c) La compañía aérea no será responsable de la muerte ni las lesiones de un pasajero que no se produzcan en su propia línea.
8) La compañía aérea no será responsable en ningún caso de ningún daño consecuente o especial que surja del transporte sujeto a esta tarifa, independientemente de si la compañía aérea tenía o no conocimiento de que dichos daños podrían producirse.
9) Toda exclusión o limitación de responsabilidad de la compañía aérea según esta tarifa o el boleto se aplicará a los agentes, funcionarios o representantes de la compañía aérea que actúen en el ámbito de su empleo y también a cualquier persona cuya aeronave sea utilizada por la compañía aérea y sus agentes, funcionarios o representantes que actúen en el ámbito de su empleo.
10) El dueño de una mascota será responsable del cumplimiento de todas las regulaciones y restricciones del gobierno, incluido el suministro de certificados válidos de vacunación de salud y contra la rabia, cuando sea necesario. La compañía aérea no será responsable de la pérdida o el gasto debido al incumplimiento de esta disposición por parte del pasajero, y no será responsable si se niega el paso a cualquier mascota hacia cualquier país, estado o territorio o a través de ellos.

D) LIMITACIONES DE TIEMPO PARA LOS RECLAMOS Y ACCIONES

1) No se iniciará ninguna acción en caso de daños al equipaje, a menos que la persona con derecho a la entrega presente una queja a la compañía aérea inmediatamente después del descubrimiento de los daños y, a más tardar, en un plazo de siete días a partir de la fecha de recepción; y en caso de demora o pérdida, el reclamo deberá presentarse a más tardar en un plazo de 21 días a partir de la fecha en que el equipaje se haya puesto a su disposición (en caso de demora) o debiera haber sido puesto a su disposición (en caso de pérdida). Toda queja debe presentarse por escrito y enviarse dentro del plazo mencionado. Cuando el transporte no sea un “transporte internacional” tal como se define en la convención aplicable, la falta de aviso no constituirá un impedimento cuando el demandante pruebe que:

a) no le fue razonablemente posible dar tal aviso;
b) no se dio aviso debido a fraude por parte de la compañía aérea o
c) la administración de la compañía aérea tenía conocimiento de los daños sufridos por el equipaje de los pasajeros.

2) Se extinguirá todo derecho a indemnización por daños contra la compañía aérea, a menos que se inicie una acción en el plazo de dos años a partir de la fecha de llegada al destino, o a partir de la fecha en que la aeronave debería haber llegado, o a partir de la fecha en que se detuvo el transporte.

E)  LEY PREDOMINANTE: En la medida en que cualquier disposición contenida o mencionada en el boleto o en esta tarifa pueda ser contraria a una ley, regulación del gobierno, orden o requisito al que no se pueda renunciar por separado por acuerdo de las partes, estas disposiciones seguirán siendo aplicables y se considerarán parte del contrato de transporte únicamente en la medida en que dicha disposición no sea contraria a este documento. La invalidez de cualquier disposición no afectará ninguna otra parte.

F) MODIFICACIÓN Y RENUNCIA: Ningún agente, funcionario o representante de la compañía aérea tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a cualquier disposición del contrato de transporte o de esta tarifa.

G) TRANSPORTE GRATUITO

1) El transporte gratuito de personas por parte de la compañía aérea, tal como se describe a continuación, se regirá por todas las disposiciones de esta regla, excepto el subpárrafo (2) a continuación y por todas las demás reglas aplicables de esta tarifa.
a) Transporte de personas lesionadas en accidentes de la aeronave, en las líneas de la compañía aérea y del personal médico y de enfermería que atiende a dichas personas.
b) Transporte de personas, cuyo objeto sea el de socorrer en caso de epidemias generales, plagas u otras visitas por calamidad.
c) Transporte de personas, el cual es requerido y está autorizado de acuerdo con la Parte 223 de las Regulaciones Económicas del Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América.
d) Transporte de personas sujeto a la convención.
e) Transporte de oficiales, empleados y funcionarios de la compañía aérea que viajen como parte de su empleo y en la promoción de los negocios de la compañía aérea.

2) Excepto con respecto al transporte gratuito de las personas descritas en el párrafo (G) (1) anterior, la compañía aérea no será responsable (a pesar de lo dispuesto en la Regla 18(B) y (C) en sentido contrario) en ninguna circunstancia, ya sea por su propia negligencia o la de sus directivos, agentes, representantes o empleados, o de otra manera, y la persona que utilice dicho transporte gratuito en su nombre, sus herederos, su representante legal, los demandados y otras partes interesadas, y sus representantes, cesionarios, libera y acuerda indemnizar a la compañía aérea, a sus funcionarios, agentes, representantes y empleados de toda responsabilidad (incluidos los costos y gastos), por toda demora, y por no haber completado el pasaje, y por toda pérdida o daño a las pertenencias de dicha persona.
3) Excepto con respecto al transporte gratuito de las personas descritas en el párrafo (G)(1) anterior, la compañía aérea no será responsable en ninguna circunstancia, ya sea por su propia negligencia o la de sus directivos, agentes, representantes o empleados, o de otra manera, y la persona que utilice dicho transporte gratuito, en su nombre, en el de sus herederos, representantes legales, demandados y otras partes interesadas, y sus representantes, cesionarios, libera y acuerda indemnizar a la compañía aérea, a sus directivos, agentes, representantes y empleados de toda responsabilidad (incluidos los costos y gastos) por cualquier muerte o lesión de dicha persona.

NOTA: Las reglas que establecen limitaciones o condiciones relacionadas con la responsabilidad de las compañías aéreas por lesiones personales o muerte no podrán incluirse en las tarifas presentadas de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos, excepto en la medida prevista en la Regla 18 (B)(1), Ir a nota al pie. En la medida en que esta regla establece dicha limitación o condición, se incluye aquí; excepto en la medida prevista en la Regla 18(B)(1), Ir a nota al pie, como parte de la tarifa presentada ante Gobiernos que no sean el de los Estados Unidos y no como parte de esta tarifa presentada ante el Departamento de Transporte de los Estados Unidos.

H) REGLAS ESPECÍFICAS PARA LAS OPERACIONES DE CÓDIGOS COMPARTIDOS

Algunos segmentos de su itinerario pueden ser operados por líneas aéreas diferentes de Delta, de conformidad con acuerdos contractuales de código compartido con Delta que permiten a Delta vender boletos para viajar en vuelos operados por esas compañías aéreas (“Socios comerciales de código compartido de Delta”). Sin embargo, si compra un boleto de Delta, su contrato de transporte es con Delta, independientemente de la compañía aérea operadora. No obstante cualquier otra disposición de este contrato de transporte, se aplicarán las siguientes reglas a los vuelos operados por los Socios comerciales de código compartido de Delta:

1. Equipaje

Para los itinerarios en los que al menos un segmento sea operado por un socio comercial de código compartido de Delta, solo se aceptará equipaje de tamaño estándar (que no supere una dimensión lineal exterior máxima de 62 pulgadas [157 cm] o un peso máximo de 50 libras [23 kg]). Estas reglas más restrictivas se aplican a lo largo de todo el itinerario, incluidos los vuelos operados por Delta. También se permite un equipaje de mano que no exceda las 11 libras (5 kg) y las 46 pulgadas (117 cm) lineales.

2. Menores no acompañados

No se aceptarán menores no acompañados.

3. Transporte de animales

No se aceptarán animales que no sean animales de servicio, animales de apoyo emocional o animales que pertenezcan a miembros del ejército de los EE. UU. y sus familias que viajan con órdenes de transferencia activas. Respecto a los animales de apoyo emocional, regirá la política de la compañía aérea operadora. Consulte con la compañía aérea operadora para conocer la política correspondiente respecto de la aceptación y el traslado de animales de apoyo emocional.

4. Requisitos de registro

Se aplicará un tiempo mínimo de check-in de 2 horas, excepto en el caso de Moscú, Rusia (3 horas como mínimo), y Estambul, Turquía (3 horas y 15 minutos como mínimo).

5. Demoras prolongadas en la pista: servicios de código compartido

En caso de demoras prolongadas en la pista en vuelos operados por un Socio comercial de código compartido de Delta, se aplicará el plan de contingencia para demoras prolongadas en la pista de la compañía aérea operadora.

C. Servicios adicionales proporcionados por los Socios comerciales de código compartido de Delta

Los Socios comerciales de código compartido de Delta pueden, a su discreción, aceptar mayor cantidad, tamaño o peso de los artículos de equipaje documentado, aceptar artículos de equipaje especiales, aceptar equipaje de mano adicional, aceptar menores no acompañados, aceptar animales en cabina o como carga y permitir horarios de check-in posteriores. El Socio comercial de código compartido de Delta puede cobrar un cargo adicional por cualquier servicio adicional que preste a su discreción. Cualquier servicio adicional proporcionado a discreción del Socio comercial de código compartido de Delta no está bajo el control de Delta, está sujeto a cambios en cualquier momento y no forma parte de este contrato de transporte entre usted y Delta.

REGLA 19: VIGILANCIA ELECTRÓNICA

Los pasajeros y su equipaje están sujetos a inspecciones con un detector electrónico con o sin el consentimiento o conocimiento del pasajero.

REGLA 20: DEMORAS/CANCELACIONES DE VUELOS

A. Responsabilidad de Delta en caso de cambios en el itinerario de vuelos, demoras y cancelaciones de vuelos

Si se produce una cancelación, un desvío o una demora del vuelo de más de 120 minutos, o si el pasajero pierde la conexión, Delta cancelará (a petición del pasajero) el boleto restante y reembolsará la porción no utilizada del boleto y las tarifas adicionales no utilizadas en la forma de pago original de acuerdo con la Regla 22, Ir a nota al pie. Si el pasajero no solicita la cancelación y el reembolso de la porción restante del boleto, Delta lo transportará al destino en el próximo vuelo de Delta en el que haya asientos disponibles en la clase de servicio originalmente adquirida. A la entera discreción de Delta y si es aceptable para el pasajero, Delta puede hacer arreglos para que el pasajero viaje en otra compañía aérea o en transporte terrestre. Si es aceptable para el pasajero, Delta puede proporcionar transporte en una clase de servicio más baja, en cuyo caso el pasajero puede tener derecho a un reembolso parcial. Si el espacio en el siguiente vuelo disponible solo está disponible en una clase de servicio superior a la adquirida, Delta transportará al pasajero en el vuelo, aunque se reserva el derecho de ascenso de categoría a otros pasajeros en el vuelo, de acuerdo con su política de prioridad de ascenso de categoría, para que haya espacio en la clase de servicio originalmente adquirida. Delta no será responsable en ninguna circunstancia por ningún daño especial, incidental o consecuente que surja de lo anterior.

B. Responsabilidad de Delta por servicios adicionales en caso de cambios en el itinerario, cancelaciones o demoras de vuelos

Salvo por lo dispuesto anteriormente, Delta no será responsable si la cancelación, el desvío o la demora del vuelo se debieron a causas de fuerza mayor. Como se usa en esta regla, “fuerza mayor” se refiere a un caso real, amenazado o comunicado de:

(1) condiciones climáticas o catástrofes naturales;
(2) revueltas, disturbios civiles, prohibiciones, guerras, hostilidades o condiciones internacionales no resueltas;
(3) huelgas, paros laborales, recesiones, bloqueos o cualquier otra disputa relacionada con el trabajo;
(4) regulación, demanda, directiva o requisito del gobierno;
(5) escasez de mano de obra, combustible o instalaciones; o
(6) cualquier otra condición fuera del control de Delta o cualquier hecho no previsto razonablemente por Delta.

Sin embargo, cuando se interrumpe el viaje de un pasajero más de 4 horas después de la hora de salida programada como resultado de una cancelación o demora del vuelo en la fecha del viaje que no sea un caso de fuerza mayor, Delta proporcionará al pasajero los siguientes servicios adicionales durante la demora:

(a) Hoteles

Si el alojamiento nocturno está disponible en las instalaciones contratadas por Delta, Delta proporcionará al pasajero un cupón por una noche de alojamiento cuando la demora ocurra durante el período de 10:00 p.m. a 06:00 a.m.. Delta proporcionará transporte público terrestre gratuito al hotel si el hotel no ofrece dicho servicio. Si no hay alojamiento disponible, Delta proporcionará al pasajero un cupón que podrá aplicarse a futuros viajes en Delta por un valor igual a la tarifa hotelera contratada hasta un máximo de $100 USD.

(b) Transporte terrestre

En lugar de alojamiento u otros servicios, Delta puede proporcionar transporte terrestre al aeropuerto de destino si el vuelo de un pasajero se desvía a un aeropuerto alternativo y si el destino que figura en el boleto y el aeropuerto de destino desviado están dentro de los siguientes grupos de ciudades:

San Francisco, CA, (SFO)/Oakland, CA, (OAK)/San José, CA, (SJC)
Los Ángeles, CA, (LAX)/Long Beach, CA, (LGB)/Ontario, CA, (ONT)/Santa Ana, CA, (SNA)
Denver, CO, (DEN)/Colorado Springs (COS)
O'Hare - Chicago, IL, (ORD)/Midway - Chicago, IL, (MDW)
Dallas-Ft. Worth, TX, (DFW)/ Dallas, TX, Love Field (DAL)
Bush Intercontinental - Houston, TX, (IAH)/Hobby - Houston, TX, (HOU)
Fort Lauderdale, FL, (FLL)/Miami, FL, (MIA)/West Palm Beach, FL, (PBI)
Baltimore, MD, (BWI)/National - Washington D.C. (DCA)/Dulles - Washington D.C. (IAD)
Newark, NJ, (EWR)/LaGuardia - Nueva York, NY, (LGA)/John F. Kennedy - Nueva York, NY, (JFK)
Orlando, FL, (MCO)/Tampa, FL, (TPA)/Daytona Beach, FL, (DAB)/Melbourne, FL, (MLB)/Sarasota Bradenton, FL, (SRQ)

(c) Servicios adicionales

Delta proporcionará los servicios adicionales o alternativos que sean necesarios para mantener la seguridad o el bienestar de los clientes con necesidades especiales, como los menores no acompañados y los clientes con discapacidad. Dichos servicios se proporcionarán de acuerdo con las necesidades o las circunstancias especiales.

REGLA 21: COMPENSACIÓN DE EMBARQUE DENEGADO

A) Sobreventa de vuelos

Debido a que a veces los pasajeros con reservaciones confirmadas en un vuelo no se presentan, Delta se reserva el derecho de vender más boletos que los asientos disponibles en la aeronave. En algunos casos, eso puede causar que haya un vuelo en el que Delta no pueda recibir a uno o más pasajeros con reservaciones confirmadas (un “vuelo sobrevendido”). Delta podrá denegar el embarque a los pasajeros con reservaciones confirmadas en un vuelo sobrevendido según lo establecido en esta regla. Los derechos de los pasajeros a los que se deniegue el embarque se regirán por la presente regla.

B) Solicitud de voluntarios

Antes de denegar el embarque a cualquier pasajero que tenga una reservación confirmada en un vuelo sobrevendido, Delta solicitará a los demás pasajeros del vuelo que renuncien voluntariamente a su asiento a cambio de una compensación cuyo importe y forma serán determinados por Delta a su entera discreción. Si una cantidad suficiente de voluntarios acepta ceder sus asientos en respuesta a la oferta de Delta, no se denegará involuntariamente el embarque a ningún pasajero con una reservación confirmada debido a la sobreventa del vuelo. Si hay más voluntarios de los requeridos, la selección de los voluntarios para recibir la compensación se determinará a la entera discreción de Delta.

C) Denegación involuntaria de embarque

En caso de que no se ofrezcan una cantidad suficiente de pasajeros para renunciar a sus asientos en respuesta a la oferta de Delta, Delta podrá denegar involuntariamente el embarque a uno o más pasajeros en el vuelo sobrevendido de acuerdo con las siguientes reglas de prioridad de embarque:

1) Pasajeros con boletos para viajar en cabina premium, socios SkyMiles identificados con una designación de categoría de elite Diamond Medallion (“DM”), Platinum Medallion (“PM”) o Gold Medallion (“GM”), y pasajeros con boletos comprados según un acuerdo de viaje corporativo de DL.

Los pasajeros que posean boletos para un espacio confirmado en una cabina de First Class o clase ejecutiva, los socios de SkyMiles identificados con una designación de categoría de élite DM, PM o GM y los pasajeros que posean boletos comprados según un acuerdo de viaje corporativo de DL serán recibidos antes que otros pasajeros que posean boletos o pase de abordar para un espacio confirmado en la cabina económica.

2) Pasajeros con pases de abordar

Sujeto a los términos establecidos en la Regla 20(c)(1) y (4), los pasajeros que tengan pases de abordar, que hayan realizado el check-in y se presenten en la puerta de embarque de conformidad con la Regla 13 serán recibidos antes que los pasajeros que viajen en la misma cabina a los que no se les hayan emitido pases de abordar o que no cumplan con los requisitos de check-in aplicables. Sujeto a la disponibilidad de asientos en la aeronave. Los pasajeros que posean boletos para espacios reservados confirmados podrán obtener pases de abordar de la siguiente manera:

a) para los pasajeros que viajan con boletos electrónicos, a través de la función de check-in en línea en Delta.com dentro de las 24 horas de la salida programada

b) los pasajeros que viajen con boletos electrónicos, a través de un quiosco de Delta en el aeropuerto, dentro de las cuatro horas anteriores de la salida programada;

c) desde un mostrador de expedición de boletos de Delta en el aeropuerto o desde el mostrador de check-in ubicado en el área de salida.

3) Pasajeros sin pases de abordar

Los pasajeros con reservaciones confirmadas a los que no se les haya emitido un pase de abordar y que se presenten en la puerta de embarque de conformidad con la Regla 13 serán recibidos de acuerdo con las siguientes reglas de prioridad:

a) Pasajeros que tengan una nueva reservación para el presente vuelo debido a una operación irregular (por ejemplo, demora o cancelación) de un vuelo reservado anteriormente.

b) Los socios de SkyMiles identificados con una designación de categoría élite Silver Medallion (“FO”).

c) Pasajeros con categoría SkyTeam Elite o Elite Plus.

d) Pasajeros sin designación de categoría élite.

Dentro de cada uno de los grupos anteriores, los pasajeros son priorizados primero por clase de servicio y luego por hora de check-in.

4) Pasajeros con necesidades especiales

Debido a las necesidades especiales de los pasajeros con discapacidades, los menores no acompañados y los pasajeros ancianos o enfermos, así como los miembros activos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos con orden de viaje, Delta se reserva el derecho de acomodar a dichos pasajeros sin tener en cuenta las prioridades de embarque establecidas por esta disposición.

D) Transporte para pasajeros a los que se les denegó el embarque

Delta proporcionará transporte a los pasajeros que se ofrezcan voluntariamente a ceder sus asientos o a quienes se les deniegue el embarque involuntariamente debido a la sobreventa de un vuelo de la siguiente manera:

1) Próximo vuelo disponible

Delta transportará al pasajero en el próximo vuelo en el que haya espacio disponible para la próxima escala del pasajero, o, si no la hay, al destino del pasajero, sin costo adicional para este.

2) Transporte en otras aerolíneas

A la entera discreción de Delta, Delta podrá organizar el transporte en cualquier otra compañía aérea o combinación de compañías aéreas hasta la próxima escala del pasajero, o, si no la hay, hasta el destino del pasajero, sin costo adicional para este.

3) Estadía nocturna requerida

Si el transporte proporcionado a un pasajero de conformidad con esta sección requiere que el pasajero pase la noche antes de continuar su viaje, Delta le proporcionará alojamiento en un hotel sin costo adicional. En caso de que no se disponga de alojamiento en un hotel, Delta compensará al pasajero con un cupón de crédito válido para futuras compras en Delta por un importe proporcional al valor medio local de la tarifa hotelera contratada hasta un máximo de $100 USD, que Delta determinará.

E) Compensación por denegación involuntaria de embarque

Cuando se le deniegue involuntariamente el embarque a un pasajero con una reservación confirmada en un vuelo sobrevendido de conformidad con esta regla, la única responsabilidad de Delta para con el pasajero será la de proporcionarle transporte alternativo según lo dispuesto en el párrafo D anterior y pagarle una compensación por la denegación de embarque, si corresponde, de acuerdo con los términos y condiciones de esta regla.

1) Condiciones para el pago de la compensación por denegación involuntaria de embarque

El pasajero no tendrá derecho a ninguna compensación en caso de denegación involuntaria de embarque en los siguientes casos:

a) Incumplimiento del contrato de transporte por parte del pasajero
El pasajero no ha cumplido plenamente con las disposiciones del contrato de transporte o de las tarifas de Delta con respecto a la emisión de boletos, la reconfirmación, el check-in o la aceptabilidad para el transporte.

b) Sustitución de equipos

El vuelo para el cual el pasajero tiene espacio confirmado no puede acomodar a ese pasajero debido a la sustitución de equipo de menor capacidad cuando sea requerido por motivos operativos o de seguridad; o, en una aeronave con una capacidad de pasajeros diseñada de 60 asientos o menos, el vuelo para el cual el pasajero tiene espacio reservado confirmado no puede acomodar a ese pasajero debido a restricciones de peso/equilibrio cuando sea necesario por motivos operativos o de seguridad.

c) Transporte en cabina alternativa

Delta ofrece acomodar al pasajero en una sección de la aeronave diferente de la especificada en su boleto sin cargo adicional; sin embargo, si un pasajero está sentado en una sección para la cual se aplica una tarifa más baja, el pasajero tendrá derecho a un reembolso de la diferencia en la tarifa.

d) Transporte alternativo

Delta organiza el transporte aéreo comparable, u otro transporte utilizado por el pasajero, sin costo adicional para este, que en el momento en que se hacen dichos arreglos está programado para llegar a la siguiente escala del pasajero, o, de no haberla, al destino final dentro de una hora después de la hora de llegada prevista del vuelo o vuelos originales del pasajero.

F) Importe de la compensación por denegación involuntaria de embarque

Si se cumplen todas las condiciones para la compensación, Delta pagará una compensación a los pasajeros a los que se haya denegado involuntariamente el embarque por un importe que se calculará de la siguiente manera:

1) Cuando Delta organiza el transporte alternativo elegible
Si Delta organiza un transporte alternativo elegible, entonces Delta pagará una compensación por denegación de embarque equivalente al 200 % de la tarifa (incluidos los recargos y los impuestos de transporte aéreo) hasta la próxima escala del pasajero o, si no hay ninguna, hasta su destino final, pero hasta un máximo de $675.00.

2) Cuando Delta no pueda organizar un transporte alternativo elegible
Si Delta no organiza un transporte alternativo elegible, entonces Delta pagará una compensación por denegación de embarque equivalente al 400 % de la tarifa (incluidos los recargos y los impuestos de transporte aéreo) hasta la próxima escala del pasajero o, si no hay ninguna, hasta su destino final, pero hasta un máximo de $1350.00.

G) Fecha de pago de la compensación por denegación involuntaria de embarque
Si se cumplen todas las condiciones para la compensación, Delta pagará cualquier compensación por denegación involuntaria de embarque el día y en el lugar en que se produjo la denegación de embarque, en efectivo o con cheque inmediatamente negociable; no obstante, si el transporte alternativo organizado para la comodidad del pasajero sale antes de que se pueda efectuar el pago al pasajero, el pago se hará por correo u otros medios dentro de las 24 horas siguientes a la denegación de embarque.

H) Servicios de código compartido
Cuando la denegación involuntaria de embarque se produce en un vuelo operado por un socio comercial de código compartido de Delta (una compañía aérea operativa), cualquier pasajero que posea un boleto en dicho vuelo regido por estas reglas tiene derecho a una compensación por denegación de embarque de conformidad con esta regla (las reglas de la compañía aérea de comercialización). Dicha compensación generalmente será pagada por la compañía aérea operadora en el momento de la denegación de embarque; no obstante, la compañía aérea operadora podrá optar por reembolsar al pasajero de conformidad con las leyes, regulaciones o procedimientos locales que puedan diferir de estas directrices en algunos casos. Si la compensación efectivamente pagada es inferior a la cantidad exigida por esta regla, el pasajero tendrá derecho, previa solicitud al departamento de Atención al cliente de Delta, al pago por parte de Delta de la diferencia entre la compensación debida de acuerdo con esta regla y la cantidad reembolsada por la compañía aérea operadora en el momento de la denegación de embarque.

REGLA 22: CAMBIO DE RUTA

 A  Disposiciones generales

 1. Tarifa aplicable en caso de cambio de ruta o cambio de destino

a. A menos que se especifique lo contrario en la regla de tarifas, el pasajero podrá cambiar la ruta, el destino, las compañías aéreas, la clase de servicio o las fechas de viaje especificadas en un boleto no utilizado de conformidad con el párrafo 2) a continuación, siempre y cuando, después de que haya comenzado el transporte, un boleto de solo ida no se convierta en ningún otro tipo de boleto (como un boleto de ida y vuelta, un boleto de viaje circular o un boleto de viaje de circuito abierto).

b. Salvo que se disponga lo contrario en la Regla 19, cuando se realice un cambio de ruta o cambio de destino final a petición del pasajero antes de la llegada al destino final indicada en el boleto original, las tarifas y los cargos aplicables serán los de todo el itinerario revisado vigentes en la fecha en que se introduzca el cambio de ruta o cambio de destino final en el nuevo boleto del pasajero.

c. La Regla 12(E) se aplica a la validez de los boletos intercambiados/reemitidos voluntariamente.

2. Tarifa aplicable a los ascensos de clase de servicio durante el vuelo

Cuando un pasajero se traslade de una clase de servicio a otra durante el vuelo, se efectuará un cobro adicional por un importe igual a la diferencia entre:

1. la tarifa de un viaje solo ida aplicable a la clase de servicio utilizada desde el punto de origen del pasajero en dicho vuelo hasta la última escala programada antes del cambio de clase de servicio del pasajero, más la tarifa de un viaje solo ida en la nueva clase de servicio desde dicha escala hasta el destino del pasajero en dicho vuelo, y

2. la tarifa pagada por el transporte desde el origen del pasajero hasta su destino en dicho vuelo.

Cuando la cantidad descrita en 1) arriba es menor que la cantidad descrita en 2) arriba, no se hará ningún cobro adicional. La aceptación de dicho pasajero en la clase de servicio a la que se traslada para viajar más allá del siguiente punto de escala programado en el vuelo está sujeta a disponibilidad. No se aplicarán descuentos.

B. Procedimientos de reemisión de boletos

- A menos que se especifique lo contrario en una regla de tarifas, se aplicarán los siguientes procedimientos a las reemisiones de boletos de Delta.

Para tarifas no reembolsables:
- Si el valor del nuevo boleto es inferior al del boleto que se reemite, la diferencia en el precio del boleto, menos el cargo por cambio, se entregará al pasajero en forma de cupón de viaje de Delta no reembolsable al efectuarse la reemisión.
- Si el valor del nuevo boleto es igual o superior al del boleto que se reemite, el cargo por cambio y cualquier diferencia en la tarifa se cobrarán al efectuarse la reemisión.

Para tarifas reembolsables:
- Si el valor del nuevo boleto es menor al del boleto que se reemite, cualquier diferencia en la tarifa se reembolsará a la forma original de pago al efectuarse la reemisión.
- Si el valor del nuevo boleto es superior al del boleto que se reemite, cualquier diferencia en la tarifa se cobrará al efectuarse la reemisión.

- Los vuelos deben volver a reservarse y el boleto debe volver a emitirse al efectuarse el cambio.

1. Boletos no utilizados
a. Al hacer cambios en el trayecto del vuelo de salida de un boleto no utilizado, Delta cancelará el itinerario y comenzará de nuevo, emitiendo un nuevo boleto con las tarifas vigentes, sujeto a todas las reglas de tarifas aplicables. Si la tarifa no utilizada no es reembolsable, el valor del boleto original, menos el cargo por cambio, puede aplicarse a la compra del nuevo boleto. Si la tarifa no utilizada es reembolsable, el valor del boleto original puede aplicarse a la compra de un nuevo boleto.
b. Al hacer cambios en la porción de continuación o regreso de los boletos no utilizados, Delta aplicará uno de los siguientes procedimientos que darán lugar a una tarifa más baja:
i. Intentar mantener las tarifas tal y como están en el boleto, utilizando tarifas históricas en vigencia en la fecha de emisión del boleto original y mantener las tarifas originales y el origen o destino de todos los componentes de las tarifas. Delta validará todas las reglas de tarifas al efectuarse la reemisión.
-O-
ii. Reevaluar el itinerario utilizando las tarifas históricas vigentes en la fecha de emisión del boleto original, con la validación de todas las reglas de tarifas y las disposiciones del código de reservación al efectuarse la reemisión, sin cambios en el primer componente de la tarifa.
-O-
iii. Cancelar el itinerario y volver a empezar, con la emisión de un nuevo boleto con las tarifas vigentes y con todas las reglas de la tarifa validadas. Si la tarifa no utilizada no es reembolsable, el valor del boleto original, menos el cargo por cambio, puede aplicarse a la compra del nuevo boleto. En el caso de tarifas reembolsables, el valor del boleto original puede aplicarse a la compra de un nuevo boleto.

2. Boletos parcialmente utilizados
a. Al hacer cambios en boletos parcialmente utilizados, Delta aplicará uno de los siguientes procedimientos que darán lugar a la tarifa más baja:
i. Intentar mantener las tarifas tal y como están en el boleto, utilizando tarifas históricas en vigencia en la fecha de emisión del boleto original y mantener las tarifas originales y el origen o destino de todos los componentes de las tarifas. No se permiten cambios en los componentes de tarifas de vuelos completados, y Delta validará todas las reglas de tarifas al efectuarse la reemisión.
-O-
ii. Reevaluar el itinerario utilizando las tarifas históricas vigentes en la fecha de emisión del boleto original, con la validación de todas las reglas de tarifas y las disposiciones del código de reservación al efectuarse la reemisión, sin cambios en los componentes de la tarifa de vuelos completados. El nuevo boleto puede tener un valor menor, igual o mayor que el boleto anterior.
-O-
iii. Reajustar el precio del itinerario, sustituyendo las tarifas de los componentes volados con tarifas históricas en una clase de reservación igual o superior a la siguiente disponible. El valor del componente de tarifa de reemplazo para la tarifa volada podrá ser inferior, igual o superior al valor del componente de la tarifa original. Reemplazar los componentes no volados de las tarifas utilizando tarifas históricas con clase de reservación más baja o igual o con la siguiente clase más alta disponible. El componente no volado de la tarifa puede estar en una clase de reservación o valor más bajo, igual o siguiente más alto disponible. No se permiten cambios a los puntos de llegada o salida de los componentes volados por completo y las tarifas históricas son aquellas vigentes en la fecha de emisión del boleto original. Delta validará todas las reglas de tarifas al efectuarse la reemisión. El nuevo boleto puede tener un valor menor, igual o mayor que el boleto anterior. La compañía aérea utilizará la siguiente jerarquía de clases de reservación (mostrada de mayor a menor) cuando reemplace las tarifas de los componentes volados:
First Class: F 
Delta One: J C D I Z
Delta Premium Select: P A G
Delta Comfort+: W S
Main Cabin: Y B M H Q K L U T X V
Basic Economy: E

 -O-

iv. Emitir un nuevo boleto con las tarifas vigentes y validar todas las reglas de tarifas al efectuarse la reemisión. Si la tarifa original no es reembolsable, la compañía aérea aplicará el valor restante de los segmentos no volados del boleto con uso parcial, si lo hubiera, menos el cargo por cambio, para la compra de un nuevo boleto. Para las tarifas reembolsables, Delta aplicará el valor restante del boleto parcialmente utilizado, si lo hubiera, para la compra de un nuevo boleto.

REGLA 23: REEMBOLSOS

A. Reembolsos involuntarios

Si se requiere un reembolso debido a que Delta no ha operado según el itinerario o se ha negado al transporte (excepto como resultado del incumplimiento del contrato de transporte por parte del pasajero), se le hará el siguiente reembolso directamente:

1) Si no se ha utilizado ninguna porción del boleto, el reembolso tendrá un importe igual a la tarifa pagada.

2) Si se ha utilizado una porción del boleto y se produce la terminación (interrupción):

a) En un punto de llegada o salida de la tarifa: el reembolso será una cantidad igual a la tarifa pagada por el transporte no utilizado desde el punto de terminación (interrupción) hasta el punto de destino o siguiente punto de escala indicado en el boleto, o hasta un punto en el que se deba reanudar el transporte. No se aplicará ningún reembolso cuando el transporte alternativo sea proporcionado por Delta y aceptado por el pasajero.

b) Dentro de un componente de la tarifa: el reembolso será una cantidad igual al porcentaje de millaje no volado del millaje total del componente de la tarifa, al prorratear la tarifa pagada por el componente desde el punto de terminación/interrupción hasta el destino, o el próximo punto de escala indicado en el boleto, o hasta el punto en el que se deba reanudar el transporte. No se aplicará ningún reembolso cuando el transporte alternativo sea proporcionado por Delta y aceptado por el pasajero.

 B. Reembolsos voluntarios

 1. Boletos no reembolsables

La mayoría de los boletos emitidos por Delta no son reembolsables. Delta no reembolsará ninguna porción de tarifas, cargos adicionales ni recargos que no sean reembolsables. Delta reembolsará impuestos, cargos adicionales o cargos cobrados en boletos no reembolsables para transporte internacional solo cuando la ley lo exija o cuando tales impuestos hayan sido cobrados por error y el pasajero presenta un comprobante de exención del impuesto, tasa o cargo adicional a Delta junto con una solicitud de reembolso oportuna. No se procesará ninguna solicitud de reembolso de impuestos, cargos adicionales u otros cargos a menos que Delta reciba una solicitud de reembolso en los formularios escritos o electrónicos proporcionados por Delta, dentro del plazo de un año a partir de la fecha de emisión del boleto. El reembolso de impuestos, cargos adicionales u otros cargos cancelará cualquier crédito o valor restante del boleto correspondiente. Delta puede permitir que una porción de la tarifa pagada por un boleto no reembolsable no utilizado se aplique para la compra de un viaje futuro en Delta, o para ascender o descender de categoría esos boletos después de la compra, según se establece en la regla de tarifas aplicable. Delta puede cobrar un cargo por servicio administrativo por el procesamiento de cualquier cambio permitido en los boletos no reembolsables, que se deducirá de cualquier crédito para la compra de viajes futuros en Delta o se cobrará en el momento en que se procese el cambio, según corresponda.

En caso de fallecimiento del pasajero antes de la fecha del viaje, los boletos emitidos a tarifas no reembolsables serán reembolsados a los herederos del pasajero fallecido si así lo solicitan. Cuando un pasajero no pueda viajar debido a la muerte de un familiar directo (viajero o no) o acompañante de viaje, Delta podrá renunciar a ciertas restricciones de tarifas de acuerdo con su política escrita. En todos los casos se debe presentar un certificado de defunción o aviso de obituario para respaldar la solicitud, y quedará sujeto a verificación por parte de Delta.

Si el pasajero no puede viajar debido a una enfermedad o incapacidad física, Delta puede renunciar a ciertas restricciones de tarifas de acuerdo con su política escrita. Esto también se aplica a la familia inmediata (ya sea que viaje o no) y al acompañante de viaje. La enfermedad o incapacidad física debe estar certificada por escrito por un médico en un papel con membrete, que indique que el pasajero no pudo viajar en la fecha del viaje debido a una enfermedad o incapacidad física.

 2. Boletos totalmente reembolsables

Si su boleto fue comprado a una tarifa totalmente reembolsable, Delta emitirá un reembolso de cualquier porción reembolsable no utilizada de su boleto cuando usted lo solicite. Usted debe renunciar a cualquier porción no utilizada del boleto en el momento de la solicitud del reembolso. No se emitirá ningún reembolso de ningún boleto a menos que Delta reciba una solicitud de reembolso y se le entregue a Delta cualquier cupón no utilizado dentro del plazo de un año a partir de la fecha original de emisión del boleto. El importe del reembolso se calculará de la siguiente manera:

1. Si no se ha usado ninguna porción del boleto, Delta reembolsará la tarifa total y todos los impuestos, cargos adicionales o cargos pagados.

2. Si se ha utilizado una porción del boleto, Delta reembolsará un importe igual a (a) la tarifa total y todos los impuestos, cargos adicionales o cargos pagados, menos (b) la tarifa y los impuestos, cargos adicionales u otros cargos por la porción utilizada del boleto.

 C. Límite de tiempo para las solicitudes de reembolso

No se emitirá ningún reembolso de ningún boleto a menos que Delta reciba una solicitud de reembolso y se le entregue a Delta cualquier cupón no utilizado dentro del plazo de un año a partir de la fecha original de emisión del boleto.

 D. Forma de reembolso

Delta reembolsará los boletos elegibles de la siguiente manera:

1. Los boletos pagados con tarjeta de crédito se reembolsarán a la cuenta de la tarjeta de crédito usada para la compra de dicho boleto, generalmente, en un plazo de siete días laborales desde la recepción inicial de la solicitud de reembolso por parte de Delta.

2. Los boletos pagados con dinero en efectivo, si Delta acepta dinero en efectivo, se reembolsarán en cheque a la persona designada como el pasajero en el boleto, generalmente, en un plazo de 20 días laborales desde la recepción inicial por parte de Delta de la solicitud de reembolso.

3. Los boletos cobrados según un UATP (plan de viaje aéreo universal) serán reembolsados al suscriptor en la cuenta en la que se cobró el boleto.

4. Los boletos emitidos contra solicitudes de transporte del Gobierno serán emitidos de acuerdo con las regulaciones aplicables del Gobierno.

5. Los boletos pagados con cualquier otra forma de pago se devolverán en la forma de pago original.

6. Todos los reembolsos estarán sujetos a las leyes, reglas, regulaciones o pedidos del Gobierno del país en el que se compró el boleto originalmente y del país en el que se realiza el reembolso.

7. Los reembolsos voluntarios de boletos comprados en una moneda que no sea el dólar estadounidense se harán en la moneda de la compra original y en el país donde se realizó dicha compra. Los reembolsos voluntarios de boletos comprados en dólares estadounidenses pueden hacerse en dólares estadounidenses o en moneda local en cualquier país, siempre y cuando dicho reembolso no esté prohibido por la ley aplicable.

8. Los reembolsos involuntarios de los boletos se efectuarán, siempre que sea posible, en la moneda utilizada para dicha compra y en el país en el que esta se haya efectuado. A solicitud del pasajero y cuando lo permita la ley aplicable, Delta podrá, a su entera discreción, optar por emitir el reembolso involuntario en dólares estadounidenses o en la moneda del país donde se encuentre el pasajero en el momento de la solicitud.

 E. Sobrecargos

Ningún reclamo por sobrecargo será válido y DL no tendrá ninguna responsabilidad si el reclamo es posterior a 45 días de la fecha de emisión del boleto.

 F. No se reembolsarán los boletos utilizados como comprobante del viaje de regreso.

Delta no reembolsará ningún boleto que haya sido presentado a funcionarios del Gobierno de un país o a cualquier compañía aérea como comprobante de la intención de salir de ese país, a menos que el pasajero demuestre a satisfacción de Delta que tiene permiso para permanecer en el país o que partirá a través de otra compañía aérea o de otro medio de transporte.

REGLA 24: DIVISA; FORMAS DE PAGO RECHAZADAS O EN DISPUTA

Salvo que se disponga lo contrario, todas las tarifas y los cargos se indican en dólares y centavos de la moneda de curso legal de los Estados Unidos. A excepción de lo estipulado en el presente contrato de transporte, el pasajero será responsable de la totalidad del precio del boleto y de los cargos adicionales correspondientes a un boleto emitido, a pesar de cualquier disputa, cargo devuelto o forma de pago rechazada. Delta se reserva el derecho de cobrar dichas cantidades en cualquier momento, incluso después de que se haya proporcionado el transporte.

REGLA 25: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

LOS VIAJES INTERNACIONALES EN DELTA ESTÁN SUJETOS A LAS REGLAS RELACIONADAS CON LAS LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD Y A TODAS LAS DEMÁS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN DE VARSOVIA Y DE LA CONVENCIÓN DE MONTREAL, EN SU FORMA ENMENDADA. PARA OBTENER INFORMACIÓN SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE DELTA SEGÚN LA CONVENCIÓN DE VARSOVIA Y LA CONVENCIÓN DE MONTREAL, VEA LA REGLA 18, Ir a nota al pie DE ESTAS CONDICIONES DEL TRANSPORTE.

REGLA 26: LEY VIGENTE; TOTALIDAD DEL ACUERDO

Todos y cada uno de los asuntos que surjan de este contrato de transporte o que estén relacionados con él o con su objeto se regirán y se harán cumplir de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos de América y, en la medida en que no estén derogadas por la ley federal, las leyes del Estado de Georgia, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes, independientemente de la teoría legal sobre la que se haga valer dicho asunto. Este contrato de transporte, incluidas las reglas de tarifas y boletos, representa el acuerdo completo entre las partes en relación con el transporte por la compañía aérea y sustituirá a todas las declaraciones, entendimientos o acuerdos anteriores relacionados con él, ya sean orales o escritos. No se pueden implicar otros pactos, garantías, compromisos ni entendimientos, con arreglo a la legislación vigente.

Estas condiciones de transporte son aplicables excepto en la medida en que sean contrarias a las leyes, regulaciones del Gobierno u órdenes aplicables, en cuyo caso prevalecerán las leyes, regulaciones u órdenes contrarias. Si alguna de las disposiciones de estas condiciones de transporte no es válida según cualquier ley aplicable, las demás disposiciones seguirán siendo válidas.

El texto oficial de este contrato de transporte será el idioma inglés, y cualquier interpretación o comprensión de este acuerdo se basará en él. En caso de que el presente contrato de transporte o cualquier documento o aviso relacionado con este se traduzcan a otro idioma, la versión en inglés prevalecerá en caso de discrepancia entre ambos.
Delta no será responsable de ningún daño punitivo, consecuente o especial que surja del transporte u otros servicios prestados por Delta o en relación con ellos, independientemente de que Delta tuviera o no conocimiento de que se pudieran producir dichos daños. Delta no será responsable de ningún daño que surja del cumplimiento de cualquier ley, orden, regla, requisito, directiva de seguridad o regulación del Gobierno, como resultado del incumplimiento por parte de un pasajero de dichas leyes, órdenes, reglas, requisitos, directivas de seguridad o regulaciones del Gobierno, o como resultado de la confianza del pasajero en el asesoramiento proporcionado por Delta en relación con dichas leyes, órdenes, reglas, requisitos, directivas de seguridad o regulaciones del Gobierno.
La elección o el incumplimiento por parte de Delta de cualquier disposición del contrato de transporte no constituirá una exención a sus derechos y recursos con respecto a dicha disposición o a cualquier otra disposición.

REGLA 27: GEOGRAFÍA Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS POR PAÍS

Además de las disposiciones establecidas en estas condiciones de transporte, podrán aplicarse reglas adicionales a los residentes y ciudadanos de determinados países que complementan las obligaciones de Delta y de los pasajeros estipuladas en estas condiciones de transporte. Estas disposiciones se establecen en: AVISOS LEGALES DE DELTA

A. LOS RESIDENTES DE CIERTOS PAÍSES Y REGIONES GEOGRÁFICAS (ISRAEL, UNIÓN EUROPEA, COREA, FILIPINAS, ECUADOR, TAIWÁN Y MÉXICO) PUEDEN ESTAR SUJETOS A DERECHOS Y AVISOS LEGALES ADICIONALES DISPONIBLES EN: AVISOS LEGALES DE DELTA

B. ARBITRAJE Y RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE DISPUTAS EN ALEMANIA

1) Delta Air Lines participa en los procedimientos de conciliación ante el organismo de arbitraje söp
(Schlichtungsstelle für den öffentlichen Personenverkehr e.V.).
2) Los procedimientos de conciliación aplican en los casos que se mencionan a continuación:
- cancelación de vuelos
- demoras de vuelos
- embarque denegado
- descenso de categoría involuntario a una clase más baja
- demora, daños, destrucción o pérdida de equipaje
- incumplimiento de las responsabilidades al transportar pasajeros con discapacidades o con movilidad reducida
3) Los procedimientos de conciliación pueden iniciarse según las siguientes condiciones:
- su vuelo era privado y no era un viaje de negocios.
- Ya ha presentado su reclamo a Delta Air Lines pero no quedó satisfecho con la respuesta o la compañía no le respondió en el plazo de 2 meses.
- Su reclamo es por un mínimo de €10.00 y un máximo de €5,000.00.
- su reclamo no está pendiente en el tribunal y nunca lo estuvo.
- Su reclamo no fue resuelto cordialmente, ni en un procedimiento judicial ni ante un ente de arbitraje, ni entre usted y Delta Air Lines directamente.
4) La información de contacto de söp es la siguiente:

söp_Schlichtungsstelle für den öffentlichen Personenverkehr e.V.
Fasanenstraße 81
10623 Berlín
www.soep-online.de

C. RESIDENTES FRANCESES: REEMBOLSO DE IMPUESTOS Y GASTOS DE SALIDA INTERNACIONALES

Si el pasajero no puede viajar en su vuelo internacional de salida, Delta reembolsará los cargos adicionales o impuestos de salida internacionales aplicables relacionados con la porción no utilizada del boleto a solicitud. El reembolso se acreditará, sin cargo alguno para el pasajero, dentro de los treinta días siguientes a la solicitud del reembolso, siempre que Delta reciba la solicitud de reembolso en los formularios impresos o electrónicos proporcionados por Delta en las condiciones previstas en la Regla 23.

En los boletos no reembolsables, el pasajero retiene un crédito por los segmentos de viaje no utilizados durante el resto del período de validez del boleto en las condiciones previstas en la Regla 12. Este valor remanente del boleto se puede aplicar a la compra de un boleto futuro dentro del plazo de validez del boleto, sujeto a los cargos adicionales por cambio de boletos aplicables y a la diferencia de tarifa según se describe en la Regla 23. Sin embargo, en caso de solicitud de reembolso de impuestos, todo valor residual del boleto se perderá en el momento del reembolso de los impuestos o gastos de salida internacionales.

D. RESIDENTES DE CANADÁ: REGLAS DE EQUIPAJE INTERLÍNEAS

D. Aceptación de equipaje interlínea

Definiciones

El “código de designación de la compañía aérea” es un código de identificación compuesto por dos caracteres que se utiliza con fines comerciales y de tráfico, como reservaciones, itinerarios, horarios, venta de boletos, tarifas y sistemas de pantallas en los aeropuertos. Las designaciones de las compañías aéreas son asignadas por IATA. Cuando este código aparece en un boleto, refleja la compañía aérea que está comercializando el vuelo, que puede ser diferente de la compañía aérea que opera el vuelo.

Las “reglas de equipaje” son las condiciones asociadas con la aceptación de equipaje, los servicios relacionados con el transporte de equipaje, las autorizaciones y todos los cargos relacionados.

La “compañía aérea para el próximo vuelo” es cualquier compañía aérea, distinta de la compañía aérea seleccionadora, que se identifica como proveedora de transporte interlínea al pasajero, según su boleto.
La “compañía aérea de comercialización” es la compañía aérea que vende vuelos con su código.
La “compañía aérea más significativa (MSC)” se determina según una metodología establecida por la IATA (Resolución 302), que establece qué compañía aérea realizará la parte más significativa del servicio para cada porción del itinerario de un pasajero en la que se documenta su equipaje hasta un nuevo punto de escala. Para los viajeros según el sistema de la Resolución 302, se aplicarán las reglas de equipaje de la MSC. En el caso de itinerarios complejos en los que haya varios puntos de documentación de equipaje, puede haber más de una MSC, lo que puede provocar la aplicación de normas de equipaje diferentes a través de un itinerario.
La “Compañía aérea más significativa (MSC); Resolución 302 de la IATA condicionada por CTA” se determina mediante la aplicación de la metodología de la Resolución 302 de la IATA condicionada por la CTA. La reservación de la CTA ha estipulado que solo se puede aplicar un único conjunto de normas de equipaje a cualquier itinerario interlínea. El objetivo de la reservación de la agencia es permitir que la compañía aérea seleccionadora utilice la metodología de la MSC para determinar qué reglas de equipaje de la compañía aérea se aplican a un itinerario internacional interlínea con origen o destino en Canadá, al mismo tiempo que se refuerza el papel de las tarifas en la determinación de qué reglas de la compañía aérea se aplican.
La “compañía aérea operadora” es la compañía aérea que opera el vuelo real.
Las “compañías aéreas participantes” incluyen tanto la compañía aérea seleccionadora como a las compañías aéreas para el próximo vuelo que han sido identificadas como proveedores de transporte interlínea para el pasajero en virtud de su boleto.
La “compañía aérea seleccionada” es la compañía aérea cuyas reglas de equipaje se aplican a todo el itinerario interlínea.
La “compañía aérea seleccionadora” es la compañía aérea cuyo código de designación se identifica en el primer segmento de vuelo del boleto del pasajero al comienzo de un itinerario interlínea emitido en un boleto único, cuyo origen o destino final es Canadá.
El “acuerdo interlínea” es un acuerdo entre dos o más compañías aéreas para coordinar el transporte de pasajeros y su equipaje desde el vuelo de una compañía aérea hasta el vuelo de otra compañía aérea (hasta el siguiente punto de escala).
“Itinerario interlínea” se refiere a todos los vuelos reflejados en un único boleto en el que participan varias compañías aéreas. Solo el viaje con un solo boleto está sujeto al criterio de la Agencia, siempre y cuando el origen o el destino final del boleto sea un punto en Canadá.
El “viaje interlínea” es un viaje en el que participan varias compañías aéreas que figuran en un único boleto comprado a través de una única transacción.
El “boleto único” es un documento que permite viajar de origen a destino. Puede incluir tramos interlínea o de código compartido y segmentos dentro de la misma compañía aérea. También puede incluir combinaciones de punto a punto (es decir, tarifas independientes que pueden comprarse por separado pero combinarse para formar un precio único).
La “página de resumen al final de una compra en línea” es una página en el sitio web de una compañía aérea que resume los detalles de una transacción de compra de boletos inmediatamente después de que el pasajero acuerda comprar el boleto a la compañía aérea y proporciona una forma de pago.
“Destino final comprado”: en situaciones en las que el origen de un pasajero es un punto que no se encuentra en Canadá y el itinerario incluye al menos una escala en Canadá, así como al menos una escala fuera de Canadá. Si la escala en Canadá es el punto de control más lejano y la escala es superior a 24 horas, la agencia considerará que el destino final del boleto es Canadá. Esta regla es aplicable a todos los itinerarios interlínea emitidos en un solo boleto cuyo origen o destino final está en Canadá. Establece cómo la compañía aérea determinará qué reglas de equipaje de la compañía aérea se aplican a todo el itinerario interlínea de cualquier pasajero. A efectos de aceptación de equipaje interlínea:

i. la compañía aérea cuyo código de designación esté identificado en el primer segmento del boleto interlínea del pasajero será conocida como la compañía aérea seleccionadora.
ii. cualquier compañía aérea que se identifique como proveedora de transporte interlínea al pasajero según el boleto del pasajero será conocida como la “compañía aérea participante”.

Determinación de la regla de equipaje por parte de la compañía aérea seleccionadora

La compañía aérea seleccionadora (1) seleccionará y aplicará sus propias reglas de equipaje según lo establecido en su tarifa a todo el itinerario interlínea o (2) seleccionará a la Compañía aérea más significativa, según lo determinado por la Resolución 302 de la IATA y condicionado por la Agencia de Transporte Canadiense, para que las reglas de equipaje de dicha compañía aérea, según lo establecido en su tarifa, se apliquen a todo el itinerario interlínea. La compañía aérea identificada por la compañía aérea seleccionadora será conocida como la “compañía aérea seleccionada”.

Cuando Delta Air Lines sea la compañía aérea seleccionadora, Delta Air Lines seleccionará a la Compañía aérea más significativa, según lo determinado por la Resolución 302 de la IATA y condicionado por la Agencia de Transporte Canadiense, para que la regla de equipaje de dicha compañía aérea, según lo establecido en su tarifa, se aplique a todo el itinerario interlínea.

Las concesiones de equipaje de mano de cada compañía aérea operadora se aplicará a cada segmento de vuelo en un itinerario interlínea. No obstante, los cargos por equipaje de mano que se aplicarán a todo el itinerario interlínea serán los de la compañía aérea seleccionada.

Aplicación de la regla de equipaje por parte de la compañía aérea participante
En los casos en los que Delta Air Lines no sea la compañía aérea seleccionada en un itinerario interlínea pero sea una compañía aérea participante que proporcione transporte al pasajero según el boleto emitido, Delta Air Lines aplicará como propias las reglas de equipaje, con la excepción de las reglas en cuanto a la aceptación de mascotas como equipaje documentado, de la compañía aérea seleccionada en todo el itinerario interlínea. En cuanto a la aceptación de mascotas como equipaje documentado, se aplicarán las normas de Delta.

2. Las Regulaciones de protección de pasajeros aéreos de Canadá pueden proporcionar protecciones adicionales a los pasajeros que viajan hacia o desde Canadá: Si se le niega el abordaje, su vuelo se cancela o se demora durante al menos dos horas, o se extravía o se daña su equipaje, es posible que tenga derecho a ciertos estándares de tratamiento e indemnización conforme a las Regulaciones de protección de pasajeros aéreos. Para obtener más información sobre sus derechos de pasajero, comuníquese con su compañía aérea (www.delta.com/appr [que se incorpora a esta tarifa mediante referencia]) o visite el sitio web de la Agencia Canadiense de Transporte.

Le Règlement sur la protection des passagers aériens du Canada peut fournir des protections supplémentaires aux passagers voyageant à destination ou en provenance du Canada. Si l’embarquement vous est refusé, ou si votre vol est annulé ou retardé d’au moins deux heures ou si vos bagages sont perdus ou endommagés, vous pourriez avoir droit au titre du Règlement sur la protection des passagers aériens, à certains avantages au titre des normes de traitement applicables et à une indemnité. Pour plus d'informations sur vos droits de passagers, veuillez contacter votre transporteur aérien (www.delta.com/appr (qui est incorporé dans ce tarif par référence)) ou visitez le site Web de l'Office des transports du Canada.

E. RESIDENTES DE CHINA Y VISITANTES - QUEJAS DE LOS CONSUMIDORES

De conformidad con la legislación aplicable, los pasajeros cuyos viajes se originen en la República Popular de China o que hagan una conexión a través de este país pueden presentar cualquier queja o realizar cualquier consulta escribiendo a wecare@delta.com o llamando al número de teléfono del servicio de atención al cliente de Delta: 400-120-2364 (China) o (800)221-1212 (EE. UU.).